lunes, 19 de marzo de 2018

Preocupa la constitucionalidad de revisar personas y vehículos sin orden judicial: Centro de Derechos Humanos “Zeferino Ladrillero”



  • Representan un riesgo para el ejercicio de los derechos de los ciudadanos por la subjetividad y ambigüedad con la que serán aplicados.
  • Esta figura (sospecha razonable) no figura dentro del Código Nacional de Procedimientos Penales, dijo.
  • En la resolución de los ministros no introduce mecanismos de autocontrol o control para garantizar el respeto de los derechos de los ciudadanos, apuntó.

El Centro de Derechos Humano “Zeferino Ladrillero” expresó su preocupación por la determinación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) al declarar constitucional la figura de inspección policial sin orden judicial —o ministerial— que podría derivar en el incremento de casos de abuso policial y violación de las garantías constitucionales.

El coordinador del CDHZL, José Antonio Lara Duque manifestó que estas revisiones representan un riesgo para el ejercicio de los derechos de los ciudadanos por la subjetividad y ambigüedad con la que serán aplicados, pues hasta el momento no existe un criterio explícito de la “sospecha razonable” que autoriza a la policía a someter a la revisión a los ciudadanos.

Esta figura (sospecha razonable) no figura dentro del Código Nacional de Procedimientos Penales, ni tampoco fue definida por los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación durante la discusión del tema, puntualizó.

Lara Duque reconoció que la policía debe tener un margen de acción para desempeñar sus funciones, pero estas facultades deben contar con controles internos y externos (judiciales e incluso ciudadanos) para garantizar que no haya excesos en su desempeño.

En esta resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) habilita nuevos poderes, pero no introduce en su resolución mecanismos de autocontrol o control para garantizar el respeto de los derechos de los ciudadanos, apuntó.

El coordinador del CDHZL aseguró que lamentablemente México no cuenta con una policía profesional que cuente con criterios claros y precisos para cuando entra en contacto con la ciudadanía y ahora la Corte les autoriza someter a revisión a cualquier ciudadano con criterios subjetivos.

“Tal parece que los ministros de la Suprema Corte desconocieron en la discusión una realidad que vive nuestro país donde hay un conflicto sistemático entre la policía y los ciudadanos que sufren la violación de sus derechos”, expresó.

Criticó también la decisión de que, sean los jueces de control los que revisarán la legalidad estas inspecciones, cuando estos (los jueces) no está en la calle donde la policía va ejercer esta nueva facultad con altas posibilidades de violar los derechos humanos.

De igual manera, Lara Duque mencionó que no hay evidencia que este tipo de acciones reduzcan significativamente la delincuencia o la violencia, por lo que es necesario que, junto con estas nuevas y herramientas, se establezca mecanismos o esquemas, como las auditorías externas, para revisar la correcta actuación policial.

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