domingo, 1 de abril de 2018

FUERON VINCULADOS A PROCESO NUEVE INDIVIDUOS ADULTOS Y DOS ADOLESCENTES DETENIDOS EL LUNES EN MAGDALENA CONTRERAS


 
 
 
* La PGJCDMX cumplimentó una orden de aprehensión contra tres de ellos por un homicidio cometido el 6 de enero pasado
 
 
Las pruebas aportadas por la Procuraduría General de Justicia capitalina permitieron a un juez de control calificar como legal la detención, vincular a proceso y decretar la prisión preventiva justificada contra nueve individuos detenidos el lunes pasado, en la colonia Cuauhtémoc de la delegación Magdalena Contreras.
 
Durante la audiencia inicial, llevada a cabo hoy en los juzgados anexos al Reclusorio Preventivo Norte, el impartidor de justicia determinó vincular a proceso a los nueve adultos por su probable participación en los delitos de asociación delictuosa y contra la salud, y a tres de ellos adicionalmente se les atribuye la probable comisión del ilícito de cohecho.
 
Durante las indagatorias de gabinete y campo desarrolladas por la Policía de Investigación fueron ubicados algunos testigos que identificaron a tres de los detenidos, de 23, 26 y 43 años, como quienes habrían cometido un homicidio por disparo de arma de fuego durante una riña, el 6 de enero pasado, en la delegación Magdalena Contreras, donde un individuo perdió la vida y tres resultaron lesionados.
 
Por esos hechos, a solicitud de la Procuraduría General de Justicia capitalina, un juez de control otorgó la orden de aprehensión correspondiente, misma que se cumplimentó este jueves.
 
Asimismo, tras el desglose que hizo la Procuraduría capitalina a la Procuraduría General de la República por el delito de portación de arma de fuego, esa instancia federal obtuvo de un juez de control órdenes de aprehensión en contra de seis de los imputados, de 23, 26, 32, 34, 36 y 39 años, por los delitos de portación de arma de fuego sin licencia, portación de arma de fuego de uso exclusivo del Ejército y posesión de cartuchos de uso exclusivo del Ejército.
 
Por lo que hace a los dos adolescentes, de 16 y 17 años, detenidos en los hechos del lunes pasado, esta tarde un juez de control especializado los vinculo a proceso por su probable participación por los delitos de cohecho, contra la salud, portación de arma de fuego y asociación delictuosa, con la medida cautelar de internamiento en la Comunidad de Diagnóstico Integral para Adolescentes.

SSP-CDMX DETIENE A DOS PERSONAS POR EL DELITO DE PORTACIÓN DE ARMA DE FUEGO EN LA DELEGACIÓN CUAUHTÉMOC



* Los imputados dijeron ser policías, sin mostrar oficio de comisión y colaboración, ni alguna identificación que los acreditara.
 
 
 
 
Policías de la Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México (SSP-CDMX), adscritos a la Unidad de Protección Ciudadana (UPC) Roma, detuvieron a dos personas relacionadas al delito de portación de arma de fuego, en calles de la Delegación Cuauhtémoc.
 
De acuerdo al parte informativo, los operadores del Centro de Comando y Control (C-2) Centro, alertaron a los policías sobre un hombre armado en la calle Oaxaca, entre Salamanca y Sonora, colonia Roma Norte.
 
Al llegar al punto, los policías se entrevistaron con un hombre, quien dijo ser el encargado de seguridad de un  restaurante ubicado en esa zona, y refirió que al interior del negocio se encontraban dos personas con armas de fuego.
 
De inmediato se detuvo a las dos personas, a quienes al realizarle una revisión preventiva de acuerdo al protocolo de actuación policial, se les encontraron entre sus vestimentas, dos armas de fuego, tipo escuadra, color negro, marca Glock, calibre nueve milímetros; una de las armas con un cargador y 16 cartuchos útiles, y la otra sin cargador ni cartuchos.
 
Los detenidos de 29 y 34 años, dijeron ser policías, sin mostrar oficio de comisión y colaboración, ni alguna identificación que los acreditara.
 
Por lo que se les informó su derecho a guardar silencio, contar con un abogado y comunicarle a un familiar de su detención por parte de la policía de la Ciudad de México.
 
Posteriormente, fueron trasladados a la Agencia de la Procuraduría General de la República (PGR), con sitio en Camarones, donde definirá su situación jurídica.
 
La SSP-CDMX, a cargo del Licenciado Hiram Almeida Estrada, refrenda su compromiso de servicio a la ciudadanía y pone a su disposición la línea de emergencia 911 para ofrecer apoyo de seguridad, la aplicación para teléfonos inteligentes Mí Policía, así como el teléfono de la Unidad de Contacto del Secretario (UCS) 52 08 98 98 y su cuenta de Twitter @UCS_CDMX para atender denuncias.

CLAUSURA PROFEPA SPA DE AGUAS TERMALES “SAN DIEGO DE ALCALÁ”, EN CHIHUAHUA


+ Detecta la construcción de obras e instalaciones sin autorización federal en materia de impacto ambiental.
+ Impone medida de seguridad consistente en la clausura temporal parcial del proyecto Spa de Aguas Termales.
La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA)  clausuró, de manera temporal parcial, un establecimiento de Aguas Termales, por carecer de autorización de impacto ambiental para la construcción de sus instalaciones, la cual expide la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT).
Inspectores de PROFEPA se constituyeron en un predio ubicado en el municipio de Aldama, Chihuahua, donde constataron la construcción reciente de instalaciones del Spa de Aguas Termales “San Diego de Alcalá”.
Entre las obras edificadas detectadas se encuentran una alberca techada en una superficie de 150 metros cuadrados, una construcción para baños y vestidores de aproximadamente cien metros cuadrados, así como una zanja de 35 centímetros de profundidad, 35 metros de ancho y 30 de largo, donde se encontró una tubería de PVC de 4 pulgadas.
Los inspectores actuantes solicitaron al visitado la autorización en materia de impacto ambiental correspondiente para realizar las obras e instalaciones mencionadas, quien reconoció carecer de la citada autorización.
En virtud de lo anterior, se impuso  como medida de seguridad la CLAUSURA TEMPORAL PARCIAL de las instalaciones mencionadas,  procediendo a colocar  los sellos de clausura correspondientes sobre las estructuras u obras que dieron lugar a la medida de seguridad, con fundamento en los artículos 170, fracción I, de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA) y 68, fracción XII, del Reglamento Interior de la SEMARNAT, y en atención a lo previsto en el artículo 2, fracción III, de la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental.
Cabe señalar que en dicho predio se presumía que se encontraba una especie endémica de pez llamada cachorro de Julimes (Cyprinodon julimes), de cuya existencia no se encontró indicio alguno durante la diligencia de inspección realizada, lo cual fue previamente corroborado por especialistas de vida silvestre de PROFEPA.

SSP-CDMX DESPLIEGA DISPOSITIVO DE MOVILIDAD Y SEGURIDAD EN IZTAPALAPA



La Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México (SSP-CDMX), a cargo del Licenciado Hiram Almeida Estrada, puso en marcha el dispositivo de seguridad y vialidad por la 175° representación de la Pasión de Cristo en Iztapalapa.
 
Para el evento religioso se desplegaron  9 mil 858 policías, para salvaguardar la seguridad de feligreses en el Cerro de la Estrella, además se generan acciones a favor de transeúntes y conductores.
 
Desde el domingo 25 al sábado 31 de marzo se efectúan acciones de movilidad para peatones y vehículos, debido al constante flujo de personas y circulación de las representaciones religiosas.
 
Durante el inicio, desarrollo y normalización y dentro del horario considerado, se desplegará un dispositivo de supervisión y vigilancia que se llevará a cabo en las vialidades de influencia proporcionando seguridad  y movilidad durante los traslados. Es importante considerar las siguientes recomendaciones:
 
•          Anticipe su salida.
•          Planee sus rutas de viaje.
•          Entre ellas identifique vías alternas a la habitual.
•          Considere el uso de transporte público.
 
La policía de la Ciudad de México recomienda tomar las siguientes vialidades:
 
•          Zona Norte: Eje 6 Sur -Eje 5 Sur - Av. Canal de Tezontle.
•          Zona Sur: Av. Tláhuac.
•          Zona Oriente: Anillo Periférico Canal de Garay.
•          Zona Poniente: Eje 3 Oriente – Eje 2 Orientes
 
La SSP-CDMX, pone a su disposición en redes sociales, las cuentas de Twitter @OVIALCDMX y @SSP CDMX donde podrá conocer minuto a minuto las alternativas viales, así como los pormenores del evento.
 
La SSP-CDMX, a cargo del licenciado Hiram Almeida Estrada, refrenda su compromiso de servicio a la ciudadanía y pone a su disposición la aplicación para teléfonos Mi Policía, la línea de emergencia 911 para ofrecer apoyo de seguridad, así como el teléfono de la Unidad de Contacto del Secretario (UCS) 52 08 98 98 y su cuenta de Twitter @UCS_CDMX para atender denuncias.

ASEGURA PROFEPA UN EJEMPLAR DE COATÍ (TEJÓN MEXICANO) EN JALISCO


+  El poseedor del ejemplar manifestó que lo encontró en la calle y, para protegerlo, lo resguardó en su domicilio, por lo que no acreditó su legal procedencia.
+ El ejemplar quedó en resguardo en el Comité de Vigilancia Ambiental Participativa de la Dirección de Rescate de Fauna Silvestre del Municipio de Tlajomulco de Zúñiga.
La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA), en atención a un reporte de la Policía Municipal de Guadalajara,  aseguró un ejemplar de Coatí perteneciente a la especie Nasua narica, el cual fue localizado en el domicilio de un particular.
El poseedor del ejemplar manifestó que lo encontró en la calle y,  para protegerlo, lo resguardó en su domicilio. El Coatí se observaba en aparentes buenas condiciones físicas, pero al no contar con documentación que acredite la legal procedencia, le fue asegurado de manera precautoria.
Personal del Comité de Vigilancia Ambiental Participativa de la Dirección de Rescate de Fauna Silvestre del Municipio de Tlajomulco de Zúñiga procedió a su valoración y aceptó el resguardo del ejemplar.
El Coatí de nariz blanca (Nasua narica), también conocido como pizote, antón o tejón mexicano, es una especie de mamífero carnívoro de la familia de los prociónidos que habita en Centroamérica y el sector meridional de Norteamérica.
Suelen habitar en las zonas boscosas (bosque seco y húmedo) de las Américas en cualquier altitud, desde el nivel del mar hasta 3,500 metros, desde el sureste de Arizona y Nuevo México hasta Ecuador.
La Ley General de Vida Silvestre define a la vida silvestre como: los organismos que subsisten sujetos a los procesos de evolución natural y que se desarrollan libremente en su hábitat, y aunque el Nasua narica no se encuentra enlistado en la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010, ni en ningún apéndice de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES), no resta su importancia y necesidad de protección.
La PROFEPA insiste en la importancia de que la ciudadanía comprenda que el mejor lugar para el desarrollo del cualquier ejemplar de vida silvestre es precisamente su hábitat, razón por la que es prioridad atender cualquier llamada o denuncia que promueva la reintegración de ejemplares de vida silvestre a sus zonas de distribución natural.

PRESENTAN PGJ Y CGCDMX LA “GUÍA BÁSICA DEL SISTEMA PENAL ACUSATORIO PARA LA CORRECTA ATENCIÓN CIUDADANA”


 
 
* El evento tuvo lugar en el Instituto de Formación Profesional de la procuraduría capitalina
En las instalaciones del Instituto de Formación Profesional de la Procuraduría General de Justicia capitalina, se llevó a cabo la presentación de la Guía Básica del Sistema Penal Acusatorio para la Correcta Atención Ciudadana, la cual tiene como objetivo explicar de manera breve y detallada las características que conforman este nuevo modelo de justicia en México, las etapas procesales y de investigación, así como las formas de terminación anticipada del proceso y las soluciones alternas.
 
Además, dicho documento incluye el Protocolo de Actuación de la Red de Contraloría Ciudadana en Acciones de Supervisión y Vigilancia en Agencias del Ministerio Público, que representa una guía de consulta para los contralores ciudadanos, quienes estuvieron presentes.
 
El evento también fue motivo para la clausura y entrega de constancias del curso intitulado “Bases y principios del Sistema Penal Acusatorio para Contralores Ciudadanos”, impartido a ciudadanos que, en su figura de contralores, realizan la labor voluntaria, honorífica e individual, de apoyar en la supervisión de la correcta procuración de justicia.
 
Bajo este modelo de aprendizaje, se capacitaron a 121 contralores ciudadanos, en el periodo comprendido del 6 de noviembre de 2017 al 2 de febrero de 2018, dando como muestra los excelentes resultados que se generan cuando se trabaja en conjunto.
 
La actividad académica incluyó temas como: Principios rectores del Sistema Penal Acusatorio, Etapas procesales del Sistema de Justicia Penal Acusatorio, Soluciones Alternas y Formas de Terminación Anticipada de un conflicto, entre otros.
 

CLAUSURA PROFEPA ASERRADERO CLANDESTINO Y ASEGURA MADERA EN ROLLO Y ASERRADA, EN SINALOA


+ Atención a denuncia deriva en la clausura del CAT y aseguramiento de la herramienta utilizada para transformar madera en el Municipio de Escuinapa, Sinaloa.
+ El visitado no acreditó autorización para el funcionamiento y la documentación de control que garantice la legalidad de la madera almacenada y transformada.
+ Se aseguraron precautoriamente diversas especies de madera.
 
          La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) clausuró un aserradero clandestino en el municipio de Escuinapa, Sinaloa. Se aseguró más de seis metros cúbicos de madera de especies tropicales.
        Personal de la PROFEPA, en atención a una denuncia ciudadana, efectuó visita de inspección en materia forestal a un Centro de Almacenamiento y Transformación de Materias Primas Forestales (CAT) que operaba de manera clandestina en el Poblado La Campana 2, del Municipio de Escuinapa, Sinaloa.

Inspectores de esta Procuraduría se constituyeron en el predio denunciado y utilizado como CAT, donde encontraron que se había obtenido y transformado el producto maderable; además, había almacenado 4.25 metros cúbicos aserrados de madera de mango, 1.14 metros cúbicos rollo de madera de mango y un metro cúbico aserrado de madera de papelillo y otras especies comunes tropicales.
Durante la actuación, el personal del establecimiento visitado no presentó la autorización ni el Registro para Funcionamiento como Centro de Almacenamiento y Transformación, así como tampoco acreditó contar con la constancia de estar inscrito en el Registro Forestal Nacional, con lo que se evidenció que la operación del CAT es irregular o clandestino.
De igual forma, dicho CAT carecía de la documentación de control (libro de entradas y salidas), remisiones, reembarques o facturas con la que demostrara que la madera adquirida fuese  legal.

Con fundamento en el artículo 161, fracciones I y II, de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (LGDFS), se aplicó como medidas de seguridad el aseguramiento precautorio de la madera y se impuso la Clausura Total Temporal del CAT referido, así como de una cierra cinta instalada.

De acuerdo a lo establecido en los artículos 164 y 165 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, el inspeccionado puede hacerse acreedor a sanciones como a una multa de 100 a 20,000 Unidades de Medida y Actualización, a la Clausura Definitiva Total del establecimiento y al decomiso de las materias primas forestales encontradas al momento de la visita, por no acreditar su legal procedencia.