domingo, 10 de marzo de 2024

Excepciones a las restricciones para el uso de la TIIE de 28 días como subyacente en swaps que se celebren durante 2025

Con el fin de continuar promoviendo el sano desarrollo del sistema financiero y considerando las recomendaciones de la asociación que agrupa a autoridades financieras de diversos países, denominada Consejo de Estabilidad Financiera (FSB, por sus siglas en inglés) y de la Organización Internacional de Comisiones de Valores (IOSCO, por sus siglas en inglés) respecto de las características que deben tener las tasas de referencia,0F 1 en enero de 2020 el Banco de México comenzó a publicar la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio en moneda nacional (TIIE) a un día hábil bancario (TIIE de Fondeo), con las características recomendadas por las mencionadas organizaciones internacionales. En línea con lo anterior, este Instituto Central ha fomentado el uso y desarrollo de la TIIE de Fondeo, a fin de consolidarla como una referencia clave en el mercado de dinero y de derivados. Por ello, el Banco de México, mediante las circulares 3/2023 y 4/2023, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 13 de abril de 2023, instrumentó reformas a las “Disposiciones de carácter general a que se refiere el artículo 4o. de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros en materia de tasas de interés”, contenidas en la Circular 14/2007, y a las “Disposiciones aplicables a las operaciones de las instituciones de crédito, las sociedades financieras de objeto múltiple reguladas que mantengan vínculos patrimoniales con instituciones de crédito y la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero”, contenidas en la Circular 3/2012, respectivamente, a fin de establecer las fechas a partir de las cuales se restringirá el uso de las TIIE a plazos mayores a un día hábil bancario (28, 91 y 182 días) como referencia en nuevos contratos, así como para modificar la metodología para su cálculo. 1 El FSB recomienda que las tasas de referencia cumplan con los principios establecidos por la IOSCO. Dichos principios tienen por objetivo dar legitimidad a la determinación de dichas tasas, abordando aspectos relevantes como gobernanza, metodología de cálculo, rendición de cuentas y calidad de la tasa de referencia. Para mayor información, se podrá consultar: https://www.iosco.org/library/pubdocs/pdf/IOSCOPD415.pdf (disponible solo en inglés). “2024, Año de Felipe Carrillo Puerto, benemérito del proletariado, revolucionario y defensor del Mayab” Uso Público Información de acceso público. Página 2 de 3 De conformidad con lo señalado en el comunicado de prensa del 2 de junio de 2023,1F 2 este Banco Central consideró necesario restringir el uso de las TIIE a plazos mayores a un día hábil bancario como referencia para nuevas operaciones derivadas, así como reconocer el uso de la TIIE de Fondeo dentro de las operaciones derivadas estandarizadas en las “Reglas para la realización de operaciones derivadas”, contenidas en la Circular 4/2012. Después de un análisis realizado con el apoyo de los participantes de los mercados financieros en nuestro país, el Banco de México ha resuelto establecer excepciones a las restricciones para el uso de la TIIE a plazo de 28 días, como subyacente para nuevas operaciones derivadas específicas que se celebren durante 2025, conforme a lo siguiente: 1. Permitir que las entidades puedan pactar nuevos swaps que utilicen como subyacente a la TIIE a plazo de 28 días, desde el 1 de enero de 2025 y hasta el 31 de diciembre de ese mismo año, siempre y cuando la fecha de vencimiento de dichos swaps sea menor o igual al 31 de diciembre de 2025. 2. Permitir que en el mercado de basis swaps (contratos en los que las partes de la operación intercambian entre ellas flujos de dinero calculados con base en el nivel de dos tasas variables), las entidades puedan usar como subyacente la TIIE a plazo de 28 días, temporalmente, desde el 1 de enero de 2025 y hasta el 31 de diciembre de ese mismo año, con independencia de la fecha de vencimiento de dichas operaciones. Este Instituto Central somete a consulta pública el proyecto de disposiciones para modificar las reglas transitorias contenidas en la Circular 7/2023. El proyecto de reformas y su respectivo plan de consulta están a disposición de cualquier persona en el portal del Banco de México, a través de la liga siguiente: https://www.banxico.org.mx/ConsultaRegulacionWeb/ Este Banco Central recibirá comentarios a este proyecto de disposiciones del público en general, únicamente por medio de dicho portal, hasta las 18:00 horas del 4 de abril de 2024. 2 Dichas Reglas fueron reformadas mediante la Circular 7/2023, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 8 de septiembre de 2023, disponible para su consulta en el siguiente hipervínculo: https://www.banxico.org.mx/publicacionesy-prensa/miscelaneos/%7B0F0E4E6E-E367-7919-7939-3DFED9E26BFF%7D.pdf “2024, Año de Felipe Carrillo Puerto, benemérito del proletariado, revolucionario y defensor del Mayab” Uso Público Información de acceso público. Página 3 de 3 Finalmente, el Banco de México continúa exhortando rigurosamente a todos los participantes del mercado a utilizar la TIIE de Fondeo como referencia para nuevas operaciones derivadas a la brevedad posible, de acuerdo con los principios globales de buenas prácticas, con objeto de facilitar la transición ordenada al uso de tasas de referencia determinadas con base en operaciones reales en México.

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