La
Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) clausuró de manera
parcial temporal a la empresa Lavandería Industrial Maypa, S.A. de C.V., en
Tijuana, Baja California, por no acreditar el cumplimiento de los límites
máximos permisibles de emisiones para instalaciones de incineración de residuos
peligrosos.
Lo
anterior se establece en la Norma Oficial Mexicana NOM-098-SEMARNAT-2002,
Protección ambiental-Incineración de residuos, especificaciones de operación y
límites de emisión de contaminantes.
En
atención a denuncias ciudadanas en contra de esta empresa de manejo de residuos peligrosos, personal de
la PROFEPA llevó a cabo visitas de inspección al lugar en los meses de marzo y
abril de este año, donde constató que no pudo acreditarse el cumplimiento de
los límites máximos permisibles de las emisiones de dioxinas, furanos, bióxido
de carbono, ácido clorhídrico, óxidos de nitrógeno, bióxido de azufre,
partículas suspendidas totales, metales plomo, cromo, cobre, zinc, arsénico
selenio, cobalto, níquel, manganeso, estaño, cadmio y mercurio.
Es
importante señalar que la incineración de residuos provenientes de cualquier
actividad, incluyendo los residuos peligrosos, produce emisiones que pueden
provocar la contaminación del ambiente, y dañar a los ecosistemas y la salud
humana.
La
PROFEPA vigila la adopción de acciones preventivas tendientes a propiciar
condiciones de operación adecuadas y valores límite de emisión aceptables, en
particular en lo que se refiere a las dioxinas y furanos.
La
medida de seguridad prevalecerá hasta en tanto Lavandería Industrial Maypa, S.A.
de C.V., cumpla con las medidas correctivas que le fueron ordenadas y compruebe
que cumple con los límites máximos permisibles de emisiones contaminantes
previstos en la citada norma oficial mexicana.
La
empresa tiene por actividad el tratamiento, reciclaje e incineración de
residuos peligrosos, siendo que mediante sus actividades de incineración reduce
el volumen y cambia la composición física, química y biológica de los residuos
en estado sólido, por lo que el equipo de incineración debe apegarse a las
especificaciones de operación y a los límites máximos permisibles de emisión de
contaminantes a la atmósfera.
La
violación a los preceptos que prevé la Ley ambiental en materia de emisiones a
la atmósfera y de manejo de residuos peligrosos, estipula que las personas
físicas o morales que no cumplan, podrán ser sancionadas administrativamente
con una multa que va de los 30 a los 50 mil Unidades de Medida y Actualización;
la clausura temporal o definitiva del lugar, así como la suspensión o
revocación de las concesiones, licencias, permisos o autorizaciones
correspondientes.
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