· La asociación de aguacateros incumplió
con la entrega del Reporte Anual, a través del cual la Comisión verificaría la
ejecución de los compromisos que adquirió para suprimir y corregir conductas
que podrían dañar el proceso de competencia.
· La COFECE sancionó a la APEAM con 40.7
millones de pesos y le ordenó entregar inmediatamente a la COFECE el Reporte no
presentado.
Ciudad
de México, 3 de mayo de 2017.- La Comisión Federal de Competencia Económica
(COFECE o Comisión) impuso una multa por 40.7 millones pesos a la APEAM por no
presentar el Reporte Anual que estaba obligada a entregar dentro de los dos
primeros meses del año, de conformidad con lo establecido en la resolución mediante
la cual aceptó los compromisos que hizo dentro del expediente DE-030-2011.
Dicha omisión impidió que la COFECE conociera oportunamente si APEAM está dando
cumplimiento a los mismos.
En
abril de 2014, la COFECE emplazó a la asociación como probable responsable de
haber incurrido en ventas atadas –conducta en la que un proveedor condiciona la
venta de un producto, bien o servicio para comprar o contratar otro distinto–,
con lo que imposibilitaba la exportación de aguacate Hass a los Estados Unidos
de América (EUA) a todos aquellos empacadores que no estuvieran afiliados a ese
organismo.
La
APEAM es el único organismo autorizado por las autoridades de los Estados
Unidos para prestar los servicios de administración, facturación y cobranza de
los servicios de supervisión y verificación fitosanitaria, los cuales son
necesarios para poder exportar aguacate Hass de México a ese país. Esta
asociación condicionaba los referidos servicios a que los empacadores
necesariamente se afiliaran a la APEAM a través de una cuota de acceso, más el
pago y/o contratación de servicios adicionales, no necesarios para exportar
dicho producto al país vecino.
En
12 de marzo de 2015, el Pleno de la COFECE resolvió cerrar de manera anticipada
el expediente de la investigación y aceptar los compromisos planteados por la
asociación respecto a permitir a productores de aguacate exportar sin
necesariamente afiliarse a la APEAM y sin demandarles requisitos no
relacionados con los que exigen las autoridades de los EUA para permitir la
entrada del aguacate mexicano. Con estas acciones se eliminaban posibles daños
a la competencia.
La
resolución de este asunto estableció varias obligaciones para la APEAM, una de
ellas, consistente en la presentación de un Reporte Anual durante los dos
primeros meses de cada año con información respecto a volúmenes de venta,
costos, gastos, solicitudes y listados de empacadores en el programa de
exportación de aguacate, sin que la Resolución estableciera algún tipo de
excepción para dicha obligación. De esta forma, la APEAM estaba obligada a
presentar el Reporte Anual a más tardar el 28 de febrero de 2017, lo cual no
ocurrió.
Ante
la existencia del incumplimiento, y después de haber verificado el incidente,
la COFECE determinó sancionar con una multa de 40.7 millones de pesos a la
asociación.
El
incumplimiento de un compromiso establecido en una resolución emitida por el
Pleno es grave, ya que la materia de competencia es de orden público y se
encuentra por encima de cualquier interés particular. Además, el no cumplir con
un compromiso propuesto y aceptado por el propio agente económico para terminar
de manera anticipada un procedimiento de investigación, pone en riesgo del
proceso de competencia en el mercado en cuestión.
La
COFECE señala que continuará ejerciendo las facultades que le mandata la
Constitución y vigilará que todo compromiso impuesto en un procedimiento por
prácticas monopólicas o concentraciones ilícitas y cualquier condición impuesta
en una concentración se cumplan en beneficio de los mercados.
Por
otro lado, una vez resuelto el asunto y notificadas la partes, la Ley otorga el
derecho a los agentes económicos sancionados de acudir al Poder Judicial de la
Federación para que sea revisada la legalidad de la actuación de la COFECE.
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