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Las especies están listadas en alguna categoría de riesgo en la
NOM-059-SEMARNAT-2010.
La
Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA), en conjunto con la
Gendarmería Misión Ambiental de la Policía Federal, aseguró 256 partes y/o
derivados de ejemplares de vida silvestre en el municipio de El Carmen
Tequexquitla, Tlaxcala, los cuales intentaban ser transportados hacia la Ciudad
de México.
Lo
anterior, luego de que personal de la Delegación de la PROFEPA en la entidad y
elementos de la Gendarmería detectaran un vehículo que transportaba a los ejemplares
de vida silvestre muertos al interior del mismo.
Por
ello, esta Procuraduría aseguró 41 pieles de Iguana verde, 7 pieles de Iguana
negra, 4 canales de Iguana (cuerpos de Iguana sin piel), un ejemplar de
Cocodrilo destazado con la cabeza completa, así como su respectiva piel
(Crocodylus acutus); y una piel de víbora.
También
una Mantarraya, 191 huevos de Iguana, 12 huevos presuntamente de tortuga, 1
ejemplar de Mapache en canal y 1 tupperware con guisado a base de huevos de
Iguana.
El responsable que transportaba los
ejemplares, partes y/o derivados de vida silvestre manifestó que no contaba con
los documentos que acreditaran la legal procedencia, por lo que se procedió al
aseguramiento de las mismas.
Cabe señalar que el Cocodrilo
(Crocodylus acutus) y la Iguana verde se encuentran enlistadas dentro de la
Norma Oficial Mexicana
NOM-059-SEMARNAT-2010, bajo la categoría de especies Sujetas a Protección
especial (Pr), mientras que la Iguana negra está enlistada como especie
Amenazada (A).
Los ejemplares de vida silvestre, así como sus
partes y/o derivados, fueron trasladados a las instalaciones del Zoológico del
Altiplano en Tlaxcala, para su resguardo.
De
acuerdo a las declaraciones realizadas por los transportistas, venían del
estado de Veracruz con destino a la Ciudad de México, y las pieles, partes y/o
derivados de vida silvestre serían utilizados para su comercialización.
De
conformidad con la Ley General de Vida Silvestre (LGVS), quien realice
cualquier actividad con ejemplares de vida silvestre puede hacerse acreedor a
una multa de 20 a 50 mil Unidades de Medida y Actualización vigente.
También
se puede aplicar la suspensión temporal, parcial o total, de las
autorizaciones, licencias o permisos que corresponda, además del arresto
administrativo hasta por 36 horas y el decomiso de los ejemplares, partes o
derivados de la vida silvestre.
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