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lunes, 16 de marzo de 2026
La revolución LegalTech se consolida cada vez más en México
domingo, 20 de julio de 2025
Transición Fiscal: El SAT evalúa cambios en la constancia de situación fiscal y promueve la cédula de datos
- Los trámites del SAT pueden llegar a convertirse en procesos complicados. Por eso mismo, te presentamos lo que necesites saber para mantenerte al día en tu contabilidad.
En los últimos meses, se ha hablado de la posible eliminación de la Constancia de Situación Fiscal (CSF) en México, un documento fundamental para acreditar la situación fiscal ante el SAT. Esta noticia ha despertado dudas e inquietudes entre contribuyentes y empresas que la necesitan para sus trámites.
Ante este panorama, es importante entender qué es la CSF, qué función cumple y qué cambios podrían venir. También conviene conocer el papel de la Cédula de Datos Fiscales (CDF), que podría ganar relevancia en caso de que desaparezca la CSF.
Para aclarar todas estas dudas y mantenerte informado, FacturoPorTi te presenta una guía completa sobre la Constancia de Situación Fiscal, la CDF y cómo prepararte ante posibles cambios.
● ¿Qué es la Constancia de Situación Fiscal?
La Constancia de Situación Fiscal es un documento que incluye datos de la Cédula de Identificación Fiscal y del RFC. Su función principal es que las personas contribuyentes, ya sean físicas o morales, puedan conocer su estatus fiscal ante el SAT.
Este documento suele solicitarse cuando se realiza una operación comercial, ya sea como proveedor o al momento de comprar en un establecimiento y se requiere la factura electrónica.
Cada Constancia es distinta: en el caso de las personas físicas, indica la fecha de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes. Para las personas morales, muestra la fecha de inicio de operaciones de la empresa o entidad.
● ¿Cuál es mayor problema de la Constancia de Situación Fiscal?
Como sabrás, para usar la CSF es necesario compartir información personal, lo que puede generar inseguridad por no saber si esa información quedará en manos confiables.
Seguramente te ha pasado que, al pedir una factura, te dicen algo como:
“¡Compárteme tu constancia de situación fiscal!”
Claro que necesitas la factura, pero te incomoda compartir tantos datos personales. Para resolver esto, desde diciembre de 2024 el SAT puso a disposición de los contribuyentes un documento nuevo y muy importante: la Cédula de Datos Fiscales, que permite cumplir con las obligaciones fiscales sin exponer más datos de los necesarios.
- ¿Qué es la Cédula de Datos Fiscales?
La Cédula de Datos Fiscales es un documento emitido por el SAT que certifica los datos registrados de un contribuyente en el RFC. Este documento incluye:
- Nombre o razón social
- RFC
- Régimen fiscal
- Domicilio fiscal
- Código postal
- Uso del CFDI autorizado
- En algunos casos, un código QR para validar su autenticidad
Todos estos datos son suficientes para generar una factura, por lo que ya no es indispensable entregar la Constancia de Situación Fiscal cada vez que facturas.
● ¿La Cédula de Datos Fiscales es lo mismo que la Constancia de Situación Fiscal?
No, no son lo mismo. Aunque ambos documentos se obtienen en el SAT y contienen datos relacionados con el RFC, tienen finalidades diferentes.
La Cédula de Datos Fiscales es un documento más breve, que funciona como una especie de “tarjeta de presentación fiscal” ante el SAT, confirmando que estás dado de alta correctamente.
En cambio, la Constancia de Situación Fiscal es un documento más detallado, que muestra información completa sobre tu régimen fiscal, obligaciones, domicilio, actividades económicas registradas para facturación electrónica y cumplimiento de obligaciones fiscales.
● ¿Cómo puedes sacar la Constancia de Situación Fiscal y la Cédula de Datos Fiscales?
Puedes seguir estos pasos:
- Ingresa a la página oficial del SAT.
- Ve a la sección “Trámites y servicios” y haz clic en “Más trámites y servicios”.
- En el menú, selecciona “Constancias, devoluciones y notificaciones” y da clic en “Constancia de situación fiscal”.
- Después, elige “Obtén tu cédula de datos fiscales” y haz clic en el botón “Ingresa al servicio”.
- Ingresa tu RFC.
- Revisa tu correo electrónico y descarga el documento desde el enlace que recibirás.
Importante: el enlace de descarga tiene fecha y hora de vigencia. Así que, en cuanto recibas el correo del SAT, descárgala inmediatamente para que sigas facturando con seguridad.
FacturoPorTi, es proveedor de facturación electrónica y soluciones administrativas en México que permiten a sus clientes mejorar su productividad y reducir su trabajo. Enfocados en generar soluciones con las herramientas más modernas usando la más avanzada tecnología de vanguardia.
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Sobre Facturo X Ti
Proveedor de Facturación electrónica y soluciones administrativas en México que permiten a sus clientes mejorar su productividad y reducir su trabajo. Enfocados en generar soluciones con las herramientas más modernas usando la más avanzada tecnología de vanguardia.
Para más información, por favor visita: https://www.facturoporti.com.mx
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viernes, 18 de julio de 2025
Transición Fiscal: El SAT evalúa cambios en la constancia de situación fiscal y promueve la cédula de dato
- Los trámites del SAT pueden llegar a convertirse en procesos complicados. Por eso mismo, te presentamos lo que necesites saber para mantenerte al día en tu contabilidad.
En los últimos meses, se ha hablado de la posible eliminación de la Constancia de Situación Fiscal (CSF) en México, un documento fundamental para acreditar la situación fiscal ante el SAT. Esta noticia ha despertado dudas e inquietudes entre contribuyentes y empresas que la necesitan para sus trámites.
Ante este panorama, es importante entender qué es la CSF, qué función cumple y qué cambios podrían venir. También conviene conocer el papel de la Cédula de Datos Fiscales (CDF), que podría ganar relevancia en caso de que desaparezca la CSF.
Para aclarar todas estas dudas y mantenerte informado, FacturoPorTi te presenta una guía completa sobre la Constancia de Situación Fiscal, la CDF y cómo prepararte ante posibles cambios.
● ¿Qué es la Constancia de Situación Fiscal?
La Constancia de Situación Fiscal es un documento que incluye datos de la Cédula de Identificación Fiscal y del RFC. Su función principal es que las personas contribuyentes, ya sean físicas o morales, puedan conocer su estatus fiscal ante el SAT.
Este documento suele solicitarse cuando se realiza una operación comercial, ya sea como proveedor o al momento de comprar en un establecimiento y se requiere la factura electrónica.
Cada Constancia es distinta: en el caso de las personas físicas, indica la fecha de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes. Para las personas morales, muestra la fecha de inicio de operaciones de la empresa o entidad.
● ¿Cuál es mayor problema de la Constancia de Situación Fiscal?
Como sabrás, para usar la CSF es necesario compartir información personal, lo que puede generar inseguridad por no saber si esa información quedará en manos confiables.
Seguramente te ha pasado que, al pedir una factura, te dicen algo como:
“¡Compárteme tu constancia de situación fiscal!”
Claro que necesitas la factura, pero te incomoda compartir tantos datos personales. Para resolver esto, desde diciembre de 2024 el SAT puso a disposición de los contribuyentes un documento nuevo y muy importante: la Cédula de Datos Fiscales, que permite cumplir con las obligaciones fiscales sin exponer más datos de los necesarios.
- ¿Qué es la Cédula de Datos Fiscales?
La Cédula de Datos Fiscales es un documento emitido por el SAT que certifica los datos registrados de un contribuyente en el RFC. Este documento incluye:
- Nombre o razón social
- RFC
- Régimen fiscal
- Domicilio fiscal
- Código postal
- Uso del CFDI autorizado
- En algunos casos, un código QR para validar su autenticidad
Todos estos datos son suficientes para generar una factura, por lo que ya no es indispensable entregar la Constancia de Situación Fiscal cada vez que facturas.
● ¿La Cédula de Datos Fiscales es lo mismo que la Constancia de Situación Fiscal?
No, no son lo mismo. Aunque ambos documentos se obtienen en el SAT y contienen datos relacionados con el RFC, tienen finalidades diferentes.
La Cédula de Datos Fiscales es un documento más breve, que funciona como una especie de “tarjeta de presentación fiscal” ante el SAT, confirmando que estás dado de alta correctamente.
En cambio, la Constancia de Situación Fiscal es un documento más detallado, que muestra información completa sobre tu régimen fiscal, obligaciones, domicilio, actividades económicas registradas para facturación electrónica y cumplimiento de obligaciones fiscales.
● ¿Cómo puedes sacar la Constancia de Situación Fiscal y la Cédula de Datos Fiscales?
Puedes seguir estos pasos:
- Ingresa a la página oficial del SAT.
- Ve a la sección “Trámites y servicios” y haz clic en “Más trámites y servicios”.
- En el menú, selecciona “Constancias, devoluciones y notificaciones” y da clic en “Constancia de situación fiscal”.
- Después, elige “Obtén tu cédula de datos fiscales” y haz clic en el botón “Ingresa al servicio”.
- Ingresa tu RFC.
- Revisa tu correo electrónico y descarga el documento desde el enlace que recibirás.
Importante: el enlace de descarga tiene fecha y hora de vigencia. Así que, en cuanto recibas el correo del SAT, descárgala inmediatamente para que sigas facturando con seguridad.
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viernes, 20 de diciembre de 2024
Los agentes aduanales somos parte de la consolidación de México como el noveno exportador y el treceavo importador a nivel mundial
A la opinión pública y medios de comunicación: Los agentes aduanales somos parte de la consolidación de México como el noveno exportador y el treceavo importador a nivel mundial, logrando que el 83% del PIB nacional provenga del comercio exterior y recaudando para las autoridades y el Estado más del 70% del IVA nacional y otros impuestos. Los agentes aduanales hacemos posible, junto con las autoridades aduaneras y los sectores productivos, la actividad del comercio exterior que tanto desarrollo y prosperidad ha traído a México, y estamos comprometidos con la transformación del sistema aduanero. Somos coadyuvantes y aliados estratégicos de las autoridades. En México, pocos actores son tan vigilados y fiscalizados como los agentes aduanales. Todas nuestras cuentas están fiscalizadas por el SAT, y la ANAM tiene registro de nuestro personal de confianza. Cuando el Agente Aduanal no cumple con requisitos, obligaciones fiscales o aduaneras, o comete alguna infracción, se hace acreedor a distintas sanciones: • Somos responsables solidarios del pago de impuestos al comercio exterior y demás contribuciones y cuotas compensatorias derivadas de la importación y exportación. El importador es el responsable directo. • Somos responsables del cumplimiento de las regulaciones y restricciones no arancelarias. • Estamos sujetos a la inhabilitación, suspensión, cancelación y extinción de la Patente. • Y por supuesto tenemos posibles sanciones de carácter penal. El agente aduanal es un actor más en la cadena de suministro en la logística del comercio exterior que tanto bien le ha hecho a nuestro país. Los agentes aduanales no nos prestamos a prácticas ilícitas, trabajamos con convicción a favor de México, somos profesionales del comercio exterior que intervenimos en los trámites de importación y exportación. Hay más actores, los principales son los contribuyentes, por supuesto los agentes aduanales, transportistas, empresas de logística, terminales aéreas y portuarias, etc., estos descritos por parte de los particulares; y por parte de las autoridades participan varias dependencias; la Secretaría de Economía que intervienen con autorizaciones para la promoción de exportaciones, cupos y más; el SAT a través de AGACE con las certificaciones en IVA IEPS y OEA; la ANAM con la verificación y control de la entrada y salida de las mercancías por las aduanas; así como las distintas autoridades que emiten y verifican las regulaciones y restricciones no arancelarias. El agente aduanal es, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 159 de la Ley Aduanera, la persona física autorizada por el Servicio de Administración Tributaria, mediante una patente, para promover por cuenta ajena el despacho de las mercancías, en los diferentes regímenes aduaneros. Los agentes aduanales no importamos, solo intervenimos en los trámites de entrada y salida de las mercancías de los contribuyentes. Por lo que son los importadores los responsables de retornar aquellas mercancías que ingresan de manera temporal bajo un programa de fomento, la Secretaría de Economía de otorgarlo, el SAT de regularlo y vigilar su retorno en tiempo y la ANAM de revisar el trámite de importación y exportación No obstante, CAAAREM estará atenta a los resultados de las investigaciones y a los resultados oficiales que se emitan respecto de los agentes aduanales que mencionaron en la conferencia de prensa de esta mañana y que sean agremiados de nuestra institución, corroborando que los procedimientos jurídicos se lleven conforme a Derecho. Es importante añadir que: • CAAAREM respalda las acciones del gobierno en contra de la ilegalidad y las malas prácticas como lo ha hecho desde 1938. • Los agentes aduanales somos aliados de la industria nacional, de los importadores y exportadores que cumplen con la ley. Siempre cooperaremos con el sector privado y las autoridades en mejorar los controles que impidan estas conductas ilícitas. • En caso de encontrar actos ilegales cometidos, las autoridades deberán proceder conforme a Derecho. • De encontrar una actuación irresponsable e ilegal por parte de algún agente aduanal, éste deberá asumir su responsabilidad y las consecuencias de sus actos. • Algo a destacar es que hay oportunistas de los sectores económicos que siempre están tratando de burlar las leyes, a las autoridades y a los propios agentes aduanales, y existen cuestiones tanto de información como en las prácticas comerciales que están lejos del alcance del agente aduanal. Por lo que tenemos que seguir trabajando conjuntamente con las autoridades y con los organismos de la iniciativa privada, como era a través de las mesas de combate a la ilegalidad, para que juntos logremos depurar el padrón de importadores y obstaculizar estos procesos. Es necesaria mayor coordinación para tener un padrón de importadores cumplido y que se rija dentro de la legalidad. • Lo importante en este tipo de investigaciones, como siempre lo hemos expuesto, es seguir la ruta del dinero. • Sumado a lo expuesto cabe señalar que los agentes aduanales basamos nuestros procesos de autorregulación en los valores éticos que profesamos en el Código de ética y conducta del agente aduanal de CAAAREM, y cada día reforzamos esta labor mediante las certificaciones anti corrupción o anti soborno ISO 37001 y la figura del Operador Económico Autorizado. • A través de CAAAREM, con nuestro prevalidador auditamos las operaciones e incrementamos la seguridad para evitar cualquier error que pueda lesionar al país. Por ello estamos trabajando con socios estratégicos en materia tecnológica para implementar mayor seguridad con el uso de la inteligencia artificial. A.A. Miguel Cos Nesbitt, Presidente de CAAAREM
viernes, 21 de octubre de 2022
BOLETÍN INFORMATIVO DEL 12 AL 16 DE SEPTIEMBRE 2022
Diario Oficial de la Federación.
El 12 de septiembre, se publicó el OFICIO 700-04-00-00-00-2022-034 mediante el cual se da a conocer el listado de Prestadores de Servicios Digitales Inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes, en términos del artículo 18-D, primer párrafo, fracción I de la Ley del Impuesto al Valor Agregado vigente. De conformidad con lo establecido en la Regla 12.1.5 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022, el SAT pone a disposición el listado de residentes extranjeros sin establecimiento en el país, los cuales proporcionan servicios digitales a receptores ubicados en el territorio nacional y se encuentran inscritos (RFC).
El 13 de septiembre, se publicó el ACUERDO por el que se hace del conocimiento del público en general los días y horas de atención para los trámites y servicios ante las unidades administrativas que se señalan, de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y sus órganos administrativos desconcentrados. Así, se hace del conocimiento del público en general, que a partir del 19 de septiembre de 2022, en la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, sus unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados que conforme a sus atribuciones les competa la atención a trámites y servicios, lo harán en los días y horas legalmente establecidos.
Entre otras, los días y horarios de atención serán:
En la Oficialía de Partes de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, ubicada en Av. Ejército Nacional número 223, Colonia Anáhuac, Demarcación Territorial Miguel Hidalgo, Código Postal 11320, en la Ciudad de México, serán los días lunes a viernes de 09:00 horas a 15:00 horas.
En las Oficinas de Representación de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y sus respectivas oficinas del Espacio de Contacto Ciudadano, serán los días lunes a viernes de 09:00 a 14:30 horas para efectos de la atención a trámites y de 09:00 a 15:00 horas para el servicio de Oficialía de Partes. Para los estados de Baja California, Baja California Sur, Chihuahua, Nayarit, Sinaloa y Sonora, que se encuentran dentro de las zonas horarias Noroeste y Pacífico, el horario de atención serán los días lunes a viernes de 08:00 a 13:30 horas para efectos de la atención a trámites y de 08:00 a 14:00 horas para el servicio de Oficialía de Partes.
En las oficialías de partes, los Centros Integrales de Servicios (CIS) y en las Ventanillas Únicas (VU) de la Comisión Nacional del Agua, ubicadas en el Nivel Nacional en Avenida Insurgentes Sur, número 2416, Colonia Copilco El Bajo, Demarcación Territorial Coyoacán, Código Postal 04340, en la Ciudad de México y en el Nivel Regional Hidrológico Administrativo, en los respectivos domicilios de los Organismos de Cuenca y Direcciones Locales, serán los días lunes a viernes de 09:00 a 15:00 horas; asimismo, permanece disponible la dirección electrónica https://citas.conagua.gob.mx/citas/ a efecto de que los promoventes puedan seguir optando por acudir con o sin cita, en el entendido de que es preferible la obtención de cita previa con la finalidad de evitar al máximo la concentración física en espacios cerrados. De igual manera, en los casos de trámites cuyo medio de presentación pueda ser de manera electrónica o física, se podrá seguir optando por una u otra de las dos modalidades, privilegiando que se realicen en línea, a través del Buzón del Agua, utilizando para ello la siguiente dirección electrónica: https://buzondelagua.conagua.gob.mx
El 14 de septiembre, se publicó la RESOLUCIÓN Preliminar del procedimiento administrativo de investigación antidumping sobre las importaciones de aceros planos recubiertos originarias de la República Socialista de Vietnam, independientemente del país de procedencia. A través de la cual se determina continuar el procedimiento administrativo de investigación en materia de prácticas desleales de comercio internacional, en su modalidad de discriminación de precios, y se imponen las siguientes cuotas compensatorias provisionales a las importaciones de aceros planos recubiertos, incluidas las que ingresen por los regímenes de importación definitivo, temporal, depósito fiscal, elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado y recinto fiscalizado estratégico, así como las que ingresan al amparo de la Regla Octava para la aplicación de la TIGIE, originarias de Vietnam, independientemente del país de procedencia, que ingresan por las fracciones arancelarias 7210.30.02, 7210.41.01, 7210.41.99, 7210.49.99, 7210.61.01, 7210.70.02, 7212.20.03, 7212.30.03, 7212.40.04, 7225.91.01, 7225.92.01 y 7226.99.99, y al amparo de la Regla Octava por las fracciones arancelarias 9802.00.01, 9802.00.02, 9802.00.03, 9802.00.04, 9802.00.06, 9802.00.07, 9802.00.10, 9802.00.13, 9802.00.15 y 9802.00.19 de la TIGIE, o por cualquier otra:
a) De 12.34% para las importaciones provenientes de la productora exportadora Hoa Phat;
b) De 7.00% para las importaciones provenientes de la productora exportadora Hoa Sen;
c) De 6.64% para las importaciones provenientes de la productora exportadora Nam Kim;
d) De 8.29% para las importaciones provenientes de la productora exportadora Pomina;
e) De 12.08% para las importaciones provenientes de la productora exportadora Ton Dong;
f) De 12.34% para todas las demás productoras exportadoras, y
g) Las importaciones provenientes de la productora exportadora Maruichi no se realizaron en condiciones de discriminación de precios.
Del mismo modo, se establece que los importadores que conforme a esa Resolución deban pagar las cuotas compensatorias provisionales, no estarán obligados al pago de las mismas si comprueban que el país de origen de la mercancía es distinto a Vietnam.
Además, se concede un plazo de 20 días hábiles, contados a partir de la publicación de la Resolución en el DOF, para que las partes interesadas acreditadas en el procedimiento, de considerarlo conveniente, comparezcan ante la Secretaría para presentar los argumentos y pruebas complementarias que estimen pertinentes. Este plazo concluirá a las 14:00 horas del día de su vencimiento, o bien, a las 18:00 horas, si se presenta vía electrónica, conforme a lo dispuesto en el "Acuerdo por el que se establecen medidas administrativas en la Secretaría de Economía con el objeto de brindar facilidades a los usuarios de los trámites y procedimientos que se indican", publicado en el DOF el 4 de agosto de 2021.
El 15 de septiembre, en la edición vespertina se publicó el DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
CONAMER
Anteproyecto
El 13 de septiembre, se publicó el ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA AL DIVERSO POR EL QUE LA SECRETARÍA DE ECONOMÍA EMITE REGLAS Y CRITERIOS DE CARÁCTER GENERAL EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR. A través de este, se armonizan las fracciones arancelarias contenidas en el Acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de mayo de 2022, conforme a Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 7 de junio de 2022, misma que instrumenta la “Séptima Enmienda a los textos de la Nomenclatura del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías”, aprobada por el Consejo de Cooperación Aduanera de la Organización Mundial de Aduanas.
lunes, 11 de julio de 2022
SECTOR EMPRESARIAL NO SOLICITÓ CONSTANCIAS DE SITUACIÓN FISCAL A COLABORADORES, SE HA BUSCADO CUMPLIR CON REQUISITOS DE LA AUTORIDAD: COPARMEX
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Es un requisito establecido en la Reforma Fiscal 2022 para el timbrado del CFDI 4.0
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Positiva, propuesta del presidente AMLO de eliminar requisitos para que el timbrado se mantenga con la versión actual.
En la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex) coincidimos con la propuesta del titular del Ejecutivo Federal de eliminar los nuevos requisitos para el timbrado del CFDI contenidos en la Reforma Fiscal 2022, esto, para que el procedimiento continúe con la versión actual que únicamente requiere datos como, el nombre y Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
Es importante señalar que lo dicho por la titular del Servicio de Administración Tributaria (SAT), Raquel Buenrostro en la conferencia mañanera del día 08 de julio, acerca de que la autoridad “nunca pidió la Constancia de Situación Fiscal. No es un requisito del SAT” y que fueron las gerencias de recursos humanos de las empresas quienes solicitaron el documento, genera incertidumbre en miles de trabajadores.
Por ello, es fundamental recordar que, con la entrada en vigor de la reforma fiscal 2022, se contemplaron nuevos requisitos para el timbrado del CFDI 4.0, por lo que, además del nombre del trabajador y el RFC, a partir de este año también se tienen que agregar el domicilio y código postal de cada contribuyente.
Información que de acuerdo con el Anexo 20 “Guía de llenado de los comprobantes fiscales digitales por internet” y con la “Infografía Factura electrónica CFDI 4.0” -ambos emitidos por el SAT- deben registrarse tal como se encuentran en la Cédula de Identificación Fiscal y Constancia de Situación Fiscal, respetando números, espacios y signos de puntuación, de lo contrario ese CFDI no sería deducible.
Ante ese nuevo requisito impuesto por la autoridad fiscal y para que las empresas no tuvieran un impacto en la no deducibilidad de la nómina por errores en los comprobantes digitales, los trabajadores tuvieron que solicitar las Constancias de Situación Fiscal, y como consecuencia se generaron filas interminables ante las oficinas del SAT.
Reconocemos que, para agilizar el trámite, la autoridad fiscal habilitó diversos mecanismos para el otorgamiento de dichas constancias, aunque finalmente ante la imposibilidad de atender su propia disposición, contenida en el Anexo 20 que emitió, optó por prorrogar el plazo para la entrada en vigor al 1 de enero de 2023, otorgando más tiempo para que todos los trabajadores pudieran obtener su constancia.
Reiteramos, no fue el sector empresarial quien solicitó las Constancias a los trabajadores, sino la misma autoridad en las disposiciones antes expuestas.
Respecto a lo expresado por la jefa del SAT acerca de que “muchas empresas condicionaron el pago de la nómina a la obtención de la Constancia de Situación Fiscal”, queremos subrayar: el sueldo es un derecho del trabajador. No se puede negar el justo pago de su trabajo y mucho menos condicionarlo a la obtención de un documento administrativo.
En Coparmex estamos convencidos de que las personas físicas y morales debemos cumplir con nuestras obligaciones fiscales y no evadir impuestos, sin embargo, consideramos que aumentar las cargas administrativas y fiscales no es el camino viable para lograrlo. Por eso, reconocemos como positivo el anuncio dado, el pasado lunes en conferencia matutina, por el presidente de la República, quien propuso eliminar la obtención de esta constancia.
Es oportuno reiterar que, para lograr el máximo cumplimiento, además de la generación de empleos, riqueza y bienestar e impulsar la formalidad, debemos trabajar en conjunto entre el sector público y privado, por lo que el SAT debe facilitar los trámites administrativos para que juntos trabajemos a favor del crecimiento del país.
Nos sumamos a la propuesta del presidente de la República para que se eliminen los nuevos requisitos del CFDI versión 4.0 (domicilio y código postal), que hacen necesaria la obtención de la constancia de situación fiscal -problemática que nos ocupa actualmente- para que en el timbrado del CFDI se mantengan los requisitos de la versión actual como son: nombre y RFC, puesto que estos datos son los idóneos para poder identificar a los contribuyentes.