Comercio Internacional
Día de liberación: EUA impone aranceles a gran parte de sus importaciones
Alfonso Gurza / Diego López / Carlos Serrano / Samuel Vázquez
2 de abril de 2025
El 2 de abril de 2025 la Casa Blanca presentó la orden ejecutiva que impone aranceles recíprocos con el fin de regular el comercio de Estados Unidos de América (EUA) y reducir el déficit comercial. El arancel base del 10% entrará en vigor el 5 de abril mientras que los aranceles recíprocos por país el 9 de abril.
Puntos principales
● EUA impone aranceles a las importaciones provenientes de prácticamente todo el mundo, con especial énfasis en los países del sudeste Asiático. México y Canadá no entran en la lista de aranceles recíprocos.
● Con excepción de la exportación de cerveza, México permanece en la misma situación que antes del anuncio. Persisten los aranceles a automóviles, acero y aluminio.
● Todos estos aranceles son violatorios del T-MEC por lo que esperamos puedan revertirse en el corto plazo.
● Creemos que esto implica que México está en una situación de menor proteccionismo relativo frente a otros competidores, en particular con China, lo cual relanzaría el nearshoring y podría resultar en un mayor nivel de integración entre México y EUA, en el mediano plazo.
● La medida podría provocar una guerra comercial y reducir el crecimiento global y el de EUA., lo cual resultaría en un menor crecimiento para México en el corto plazo.
● Se abre la posibilidad de que las exportaciones mexicanas realizadas fuera del T-MEC enfrenten un arancel del 12% en lugar del 25%, en caso de que se alcancen acuerdos satisfactorios en materia de seguridad y combate al tráfico de fentanilo.
● La primera reacción del mercado respecto a México es positiva: el peso se aprecia 1.26%
Arancel base del 10% adicional a todas las importaciones
Bajo el argumento de seguridad nacional y con el objetivo de reducir el déficit comercial se firmó la orden ejecutiva que impone un arancel ad valorem del 10% adicional a todas las importaciones de todos los países entrando en efecto el 5 de abril de 2025. A partir del 9 de abril de 2025 entrarán en vigor aumentos específicos para los países descritos en el Anexo I de la orden ejecutiva.[1]
El decreto excluye productos particulares dejando fuera a los artículos que cuentan con aranceles específicos como lo son los productos y derivados de acero y aluminio,[2] los automóviles y autopartes[3] y materiales críticos enumerados en el Anexo II[4]enlistando como ejemplo productos farmacéuticos, cobre, semiconductores, energéticos y minerales esenciales. También se establecen aranceles diferenciados para México y Canadá en el contexto de la “crisis fronteriza” y el cumplimiento del T-MEC. En el caso de México, se mantiene vigente la orden ejecutiva 14227 que exenta a los bienes comerciados al amparo del T-MEC e impone un arancel de 25% a las mercancías que no se ajusten a lo establecido en este Tratado; en todo caso, a estos aranceles no se suma el 10% base de la presente orden ejecutiva.[5]
La orden ejecutiva también considera que las tasas arancelarias establecidas se aplicarán únicamente al contenido no estadounidense de la mercancía, siempre y cuando al menos el 20 % de su valor sea originario de este país.[6]Valoración: menor daño relativo a México, genera oportunidades
Si bien las medidas arancelarias anunciadas hoy tendrán efectos negativos en la economía global y en la de EUA —lo cual afectará el crecimiento en el corto plazo—, el hecho de que México enfrente un menor nivel de proteccionismo relativo podría darle ventajas para acceder al mercado estadounidense y, por lo tanto, para atraer inversiones. Esto podría revitalizar la oportunidad del nearshoring. Dicho lo anterior, que se mantengan los aranceles a las exportaciones mexicanas de automóviles, acero, aluminio y cervezas, sigue teniendo un efecto negativo y, además, constituye una violación al T-MEC, por lo que esperamos que puedan ser revertidos en el corto plazo.
Por esta misma razón, se generan incentivos a la inversión extranjera en otras industrias en las cuales México no presenta una ventaja comparativa revelada por ahora. Dado que sencillamente sería más redituable, o menos oneroso, exportar esas mercancías desde México que desde países con grávamenes mayores.
[1] A la fecha de publicación de esta nota, el Anexo no está disponible para consulta, a publicarse en el Federal Register. Sin embargo, se cuentan con dos cuadros presentados por el Presidente Trump durante la rueda de prensa resumidos en el Anexo.
[2] Ver México | México | EUA impone aranceles al acero, aluminio y derivados (BBVA Research, 2025) Disponible aquí.
[3] El pasado marzo 26 se emite una orden bajo la Sección 232 del Trade Expansion Act para imponer un arancel del 25% a las importaciones de automóviles (sedanes, SUVs, crossovers, minivans y camiones ligeros) y ciertas autopartes (motores, transmisiones, tren motriz y componentes eléctricos) efectivo desde el 3 de abril 2025 EST para automóviles y no más tarde que mayo 3 para las autopartes.
[4] A la fecha de publicación de esta nota, el Anexo no está disponible para consulta, a publicarse en el Federal Register.
[5] Cualquier tasa ad valorem sobre artículos importados de Canadá o México bajo los términos de esta orden no se aplicará además de la tasa de derecho ad valorem especificada por las órdenes existentes. En caso de desaparecer las órdenes emitidas en el contexto de la “crisis fronteriza”, todo artículo fuera del T-MEC será sujeto a una tasa del 12%.
[6] Para efectos de la orden, el "contenido estadounidense" se refiere al valor de un artículo atribuible a los componentes producidos íntegramente o sustancialmente transformados en Estados Unidos. La Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) de los Estados Unidos está autorizada a exigir la recopilación de la información y documentación sobre un artículo importado.
Anexo
Durante la rueda de prensa, la Casa Blanca compartió 8 recuadros que ilustran los aranceles específicos por país descritos en el Anexo I (no disponible al momento de la publicación).
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