domingo, 14 de abril de 2024

LA UNIVERSIDAD PANAMERICANA Y EL INSTITUTO DE INVESTIGACIONES JURÍDICAS DE LA UNAM LLEVARON A CABO EL SEMINARIO SOBRE LA INDEPENDENCIA JUDICIAL.


Ciudad de México. El pasado 6 de febrero, especialistas de la

Universidad Panamericana, (UP) y del Instituto de Investigaciones Jurídicas (IIJ_UNAM) de la

Universidad Nacional Autónoma de México debatieron, en el Seminario sobre la

Independencia Judicial, sobre la reforma judicial al poder judicial anunciada por el ejecutivo de

nuestro país como un gran tema de debate en las próximas campañas y sobre cómo ha sido

la posición  Poder Judicial en este sexenio.

.

El evento se llevó a cabo el pasado 25 de enero en las instalaciones de la Universidad

Panamericana, campus México y forma parte de las actividades que se desprenden del

convenio de colaboración firmado por ambas instituciones en el año 2023.

En la ceremonia de inauguración el Dr. Fernando Batista, decano de la Facultad de Derecho

de la Universidad Panamericana en su mensaje de bienvenido, agradeció “a la doctora

González Contró, directora del Instituto de Investigaciones Jurídicas, por suscribir un convenio

con la universidad, con nuestra querida facultad, y estas jornadas son un paso muy importante

que damos a raíz de este convenio”. También a al esfuerzo para su organización el doctor

José María Soberanes, el doctor José María Serna.

“Estas jornadas son un paso muy importante que damos a raíz de este convenio y de muchas

otras actividades que iremos organizando en esta sinergia entre el Instituto de Investigaciones

Jurídicas y la Facultad de Derecho”.

Por su parte, la Dra. Mónica González Contró, directora del Instituto de Investigaciones

Jurídicas (IIJ) dijo “Es un gusto poder empezar a operar el convenio de colaboración entre el

Instituto de Investigaciones Jurídicas y una institución con tanto prestigio académico como es

la Universidad Panamericana”.

“La independencia judicial es fundamental para que los jueces no se conviertan en operadores

de otra voluntad, como se pretende ahora con amenazas al Poder Judicial que no abonan a la

democracia, y que están desgastando al Poder Judicial afectando tanto al Estado como a las

personas. Las y los ministros tienen un deber de ingratitud hacia quien los designa, resaltó”.

Al hablar de la independencia judicial, Fernando Batista señaló “La independencia judicial es

uno de los elementos que constituye un pilar básico del Estado Constitucional y Democrático

de derecho”.

Indicó que “La independencia judicial es un tema que se discute en muchos foros en otros

países del mundo, precisamente a partir de la preocupación de las amenazas a la


independencia judicial”. En particular precisó que “El desgaste en la figura del poder judicial

constituye una amenaza para la impartición de justicia y para todas y para todos”.

En ese sentido, “El juez que no es independiente en realidad no es un verdadero juez, en

condiciones de resolver cualquier caso que le competa con arreglo a su ciencia y conciencia”.

(…) "Desde luego que la división de poderes implica fricciones, esto es natural dentro de los

sistemas democráticos, pero la garantía de los derechos humanos requiere de una judicatura

fuerte e independiente de cualquier presión, agregó".

Finalizó con la necesidad de “Defender la independencia judicial es indispensable para la

garantía de los derechos humanos de todas y de todos”.

El Dr. José María Serna indicó que “El actual sistema de nombramiento es muy criticable, y

hay que cambiarlo, pero no por el voto popular. Eso pues hay estudios han demostrado que

no se cumplieron los objetivos por los que se puso elección popular (eliminar corrupción y

terminar y hacer más efectiva la administración de justicia). Por el contrario, está demostrado

que bajo la calidad en las sentencias”.

Alberto Abad Suárez, investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas UNAM, señaló que

“el tema de independencia judicial lo podemos ver desde una perspectiva normativa, pero

también hay que verlo desde una perspectiva sociológica”.

En la perspectiva sociológica indicó que “tenemos que ver que en los años recientes ha

habido tres etapas en las cuales ha pasado la relación entre poderes. Una primera etapa que

termina en el año del 94, en donde el Poder Judicial está sometido al Poder Ejecutivo y sigue

las mismas reglas del presidencialismo mexicano. Una siguiente etapa que va del 95 al 2022,

que inicia con la reforma de Ernesto Zedillo, en la cual hay una sana distancia entre poderes”.

“La característica principal es que la Corte no hace un control estricto de la política pública del

presidente y a su vez el presidente no se mete en cuestiones de administración del Poder

Judicial, lo que le permite al Poder Judicial tener un desarrollo al interior que no había tenido

antes. A partir de 2023 nos enfrentamos a un escenario de choque de poderes en donde la

característica principal es que el Poder Judicial está haciendo un control estricto de la política

de la Administración Pública Federal y a su vez la Administración Pública Federal se está

metiendo en temas como presupuesto, como nombramientos dentro del Poder Judicial de una

manera que no lo había hecho antes”, manifestó.

El investigador del IIJ_UNAM , resaltó que “Esto tiene como gran riesgo en un enfrentamiento

entre sujetos de distinto nivel de poder político, esto va a tener como gran riesgo que el Poder

Judicial va perdiendo la posibilidad de actuar con mayor independencia y el Poder Ejecutivo y

los partidos políticos van teniendo mayor interés en ocupar espacios dentro del Poder Judicial

al debilitarlo”.

“Entonces, si vemos estas características, tenemos que pensar que una reforma que se

plantee para modificar cualquier cuestión del Poder Judicial, no se haga para debilitar

garantías jurisdiccionales que se han conseguido en los últimos años, sino se haga justamente

para fortalecer las mayores necesidades que tiene el Poder Judicial al día de hoy, que es

mayor diversidad genérica, mayor diversidad ideológica, pero no a través de la votación, sino

a través del cumplimiento de los principios internacionales de nombramientos que exigen que

se haga a través de órganos técnicos, a través de procesos abiertos a la población, en donde

podamos elegir los mejores perfiles”, finalizó.


En la mesa de análisis sobre las garantías de la independencia judicial, los cinco ponentes

debatieron acerca, primero, de la importancia de la independencia judicial, de la crisis que vive

en México y compararon distintos escenarios que se viven en el derecho comparado y las

regulaciones que se tienen.

Al respecto la Dra. Miluska Orboso profesora investigadora de la Universidad Panamericana

comentó que “La independencia judicial busca que el juez de manera objetiva, es decir, el

poder judicial como institución y de manera subjetiva, , el juez en sí mismo como persona, sea

independiente al momento de resolver, de emitir sus sentencias. Se busca, y esto es en

sentido de la Comisión de Venecia a nivel europeo, que no haya ninguna injerencia por parte

de los otros poderes y en especial del Poder Ejecutivo a fin de que el juez resuelva sus casos

conforme a derecho. Esto es una exigencia del Estado de Derecho cuya manifestación

principal es el principio de legalidad en sentido amplio, el cual exige que el juez resuelva sus

casos en virtud del derecho vigente”.

Resaltó que “La independencia judicial se ve a sí misma como un instrumento y no como una

finalidad en sí misma para alcanzar la justicia. Esto es la constante y perpetua voluntad de dar

a cada quien lo que le corresponde, es decir, su derecho, busca en última instancia que la

garantía de las libertades de los ciudadanos y de sus derechos sean protegidos en juicios y en

tribunales absolutamente independientes de toda injerencia externa”.

Dra. María Elisa Franco Martín del Campo, investigadora en el Instituto de Investigaciones

Jurídicas de la UNAM hablo sobre sobre la independencia judicial analizada desde el derecho

comparado y señaló dos grandes puntos, el primero, “un ejemplo es lo que ha pasado en el

caso de Bolivia, que es el único país donde se eligen a las y los integrantes de altas cortes a

través de una elección popular, para ello nos referimos a un estudio sobre elecciones

judiciales en Bolivia, “Aprendimos la elección” de Fundación para el Debido Proceso, escrito

por Luis Pázara, en el que señala que en la elección de 2011 se tuvieron 60% de votos nulos y

blancos, y en la de 2017 un 66% eso pues nos muestra que no es un mecanismo que

funcione”.

El segundo punto de derecho comparado, indicó la Dra. Franco, “es ver los estándares en

materia de independencia judicial que ha creado, que ha emitido la Corte Interamericana de

Derechos Humanos mediante tres grandes rubros, primero el tema de la elección de las y los

jueces el segundo, el tiempo que duran en su encargo y los mecanismos para su remoción y

el tercero la protección frente a injerencias externas.

Francisco Vázquez Gómez Bisoño, profesor investigador y secretario académico de la

Facultad de Derecho de la Universidad Panamericana comentó “respecto al mecanismo

relativo al nombramiento y renuncia de los ministros, el punto fundamental es que, a diferencia

de lo que ocurría en el texto original de la Constitución de 1917, con la Reforma de 1994 se

rompe un principio fundamental y es el hecho de que no puede haber ministros que no hayan

sido pasados por el control político del poder legislativo.

“Ya se acaba de actualizar, hoy por hoy tenemos una posición en la corte respecto a una

persona que simplemente fue designada por el poder ejecutivo. Esto de una manera muy

importante y profunda viola la independencia judicial y la independencia que debe primar de la

Suprema Corte como último intérprete de la Constitución respecto del poder ejecutivo y

respecto del poder político”, resaltó.

Agregó que “El análisis del sistema constitucional a la luz de la ingeniería constitucional nos

permite advertir los defectos en los mecanismos del sistema de checks and balances (frenos y


contrapesos) que nos den ideas para corregir las interacciones entre los órganos del Estado

mexicano”.

Dr. Juan Manuel Otero Varela, académico de la Panamericana señaló “ Desde el punto de

vista presupuestario, es menester establecer los mecanismos legales y administrativos

necesarios para garantizar los recursos que permitan al Poder Judicial cumplir de una manera

eficiente, profesional y oportuna con la creciente demanda de su función y con ello evitar, en la

medida de lo posible, que la asignación de los mismos se convierta en un instrumento de

presión a su independencia del poder político”.

No hay comentarios:

Publicar un comentario