lunes, 12 de junio de 2017

El presidente del Consejo del Tecnológico de Monterrey es nombrado consejero del MIT


·         El Massachusetts Institute of Technology eligió a José Antonio Fernández como uno de los 14 nuevos miembros de su consejo directivo.

·         Este nombramiento significa estrechar aún más los lazos con el MIT y permitirá poner a México en la agenda de destacados líderes internacionales.

Monterrey, Nuevo León, a 9 de junio de 2017.- El Massachusetts Institute of Techonology (MIT), la universidad #1 del QS World University Ranking, eligió a José Antonio Fernández Carbajal, presidente del Consejo del Tecnológico de Monterrey, como uno de los 14 nuevos miembros de su consejo directivo.

El grupo está integrado por líderes muy distinguidos de la industria, educación, ciencia, ingeniería y servicio público de diversas partes del mundo.

El Tecnológico de Monterrey y el MIT tienen una historia compartida que inició hace más de cien años, cuando en 1910 Eugenio Garza Sada ingresó a la institución estadounidense en para estudiar Ingeniería Civil. Desde 2014, José Antonio Fernández Carbajal y Rafael Reif, presidente del MIT, acordaron la creación del “Fondo MIT México–Tecnológico de Monterrey”, a través del cual se fomenta y apoya la cooperación científica y tecnológica de proyectos de investigación entre ambas universidades.

Salvador Alva, presidente del Tec, destacó: “Esto significa para nuestro país y para el Tec un gran orgullo, ya que se trata del primer mexicano egresado de nuestra institución que formará parte de uno de los grupos de mayor influencia en temas de innovación, ciencia, tecnología y educación, y se sumará a la misión del MIT de solucionar los grandes problemas de la humanidad”.

Fernández Carbajal comenzará funciones a partir del 4 de julio de 2017 por un periodo de 5 años. A partir del 1 de julio, la Corporación estará formada por 76 líderes distinguidos del mundo en los ámbitos de educación, ciencia, ingeniería e industria.

El Tecnológico de Monterrey celebra este nombramiento, que significa estrechar aún más los lazos con el MIT y permitirá poner a México en la agenda de destacados líderes internacionales.

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CLAUSURA PROFEPA MÁS DE 6 HECTÁREAS EN RECINTO PORTUARIO DE LÁZARO CÁRDENAS, MICHOACÁN


+ Constata afectación de 6.32 hectáreas, donde se realizó la remoción total de vegetación de Huizache, Pinzan e Higuera; se utilizó maquinaria pesada para relleno y nivelación de terreno.

+ Por no contar con autorización en materia de Cambio de Uso de Suelo en Terrenos Forestales, se procedió a la clausura total temporal de más de 6 hectáreas.

La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) clausuró de manera total temporal 6.32 hectáreas en el interior del Recinto Portuario Integral de Lázaro Cárdenas, S.A. de C.V., en el municipio Lázaro Cárdenas, Michoacán, por carecer de autorización en materia de Cambio de Uso de Suelo en Terrenos Forestales.

Personal de la PROFEPA realizó visita de inspección en el predio “La Paloma”, ubicado en la Isla El Cayacal, donde se inspeccionó la totalidad del terreno, equivalente a una superficie de 199.34 hectáreas, el cual cuenta con autorización en materia de impacto ambiental para un proyecto de relleno y nivelación de terreno, al noreste del recinto portuario.

         Sin embargo, la PROFEPA observó dentro de las 199.34 hectáreas, una afectación de 6.32 hectáreas, en las cuales se realizó la remoción total de vegetación forestal como Huizache, Pinzan e Higuera, utilizando maquinaria pesada para las actividades de relleno y nivelación de terreno.

Por ello, esta Procuraduría solicitó la autorización para realizar el Cambio de Uso de Suelo en Terrenos Forestales en dicha zona, pero el apoderado legal de la Administración Portuaria Integral de Lázaro Cárdenas, S.A. de C.V., manifestó no tener la documentación que otorga la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), para dicha zona, por lo que se determinó imponer la Clausura Total Temporal del sitio afectado.       

         La Clausura se llevó a cabo con fundamento en el Artículo 161, Fracción II, de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (LGDFS), asimismo está ley establece sanciones que van desde una multa equivalente de 100 a 20,000 veces la Unidad de Medida y Actualización.

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PROFEPA CLAUSURA TRES EMPRESAS POR DESCARGAR AGUAS RESIDUALES EN EL AFLUENTE DEL RÍO ATOYAC, SIN AUTORIZACIÓN


La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) clausuró de manera parcial temporal tres empresas denominadas FIBRAS PARA EL ASEO S.A. DE C.V.; MORPHOPLAST, S.A. DE C.V. y METALÚRGICA ARTESANAL, S.A. DE .C.V, todas ubicadas en el corredor de Ciudad Industrial Xicohténcatl I (CIX I), en el municipio de Tetla de la Solidaridad, en el estado de Tlaxcala, por no contar con la autorización de descarga de aguas residuales.

Dicha autorización la otorga CONAGUA y permite descargar en forma permanente o intermitente al afluente del río Atoyac - Zahuapan, que es el cuerpo receptor de dicha descarga.
FIBRAS PARA EL ASEO S.A DE C.V, es una industria manufacturera, cuyo giro es la fabricación y distribución de productos para limpieza, y de acuerdo al Sistema de Clasificación Industrial de América del Norte su actividad económica es la fabricación de fibras químicas, por lo que dentro de sus procesos genera aguas residuales que necesitan ser tratadas y dispuestas conforme a la legislación ambiental.

MORPHOPLAST, S.A. DE C.V. es una empresa que inició operaciones en marzo de 2008, se dedica al reciclaje de plástico PET, para el comercio al por mayor de fibras textiles procesadas de origen natural o químico.

METALÚRGICA ARTESANAL, S.A. DE .C.V, es una empresa dedicada a la producción de piezas de artesanía, mediante la fundición y el moldeo del aluminio. Inició operaciones el día 9 de octubre de 2001, entre sus principales materias primas e insumos que emplea, se tiene el lingote de aluminio, arena sílica para la realización de los moldes y gas LP, para la operación de los hornos de fundición de aluminio.

Al momento de la visita de inspección, dichas empresas no contaban con el permiso de descarga de aguas residuales expedido por la autoridad competente, contraviniendo lo dispuesto en el artículo 121 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA), así como los artículos 14 Bis 4, 88 y 88 Bis fracción I, de la Ley de Aguas Nacionales (LAN).

Al descargar aguas residuales sin permiso o autorización de la autoridad federal, las empresas han generado un riesgo inminente de desequilibrio ecológico con repercusiones peligrosas para los recursos naturales y la salud de los Tlaxcaltecas, motivo por el cual, de conformidad con el Artículo 170 fracción I de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, la PROFEPA suspendió las actividades en las áreas de proceso que generan aguas residuales  y que son descargadas al  afluente del río Atoyac – Zahuapan.

La medida prevalecerá hasta en tanto las empresas FIBRAS PARA EL ASEO S.A. DE C.V.; MORPHOPLAST, S.A. DE C.V. y METALÚRGICA ARTESANAL, S.A. DE .C.V, cumplan con las medidas correctivas que le fueron ordenadas.

Es importante señalar que dentro de sus atribuciones, la PROFEPA está facultada para imponer las medidas técnicas correctivas y de seguridad que sean de su competencia en los términos de la Ley de Aguas Nacionales y de la LGEEPA.

La violación a los preceptos de la LGEEPA estipula que las personas físicas o morales que no cumplan, podrán ser sancionadas administrativamente con una multa que va de los 30 a los 50 mil días al momento de imponer la sanción el valor diario de la unidad de medida y actualización; la clausura temporal o definitiva del lugar, así como la suspensión o revocación de las concesiones, licencias, permisos o autorizaciones correspondientes.

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Sanciona COFECE a cártel internacional que operaba en el mercado de transporte marítimo de vehículos automotores

·         El Pleno impuso multas a 7 navieras por cometer prácticas monopólicas absolutas que en total suman 581 millones 660 mil pesos.

·         El cártel internacional se asignaba segmentos de rutas de transporte que involucran puertos mexicanos con el objeto de reducir la presión competitiva y aumentar los precios de sus servicios.

Ciudad de México, 9 de junio de 2017.- El Pleno de la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE o Comisión) determinó que las empresas: i) Compañía Sud Americana de Vapores (CSAV); ii) Kawasaki Kisen Kaisha (K-Line); iii) K Line America; iv) Mitsui OSK Lines (MOL); v) Mitsui OSK Bulk Shipping (MOBUSA); vi) Nippon Yusen Kabushiki Kaisha (NYK) y, vii) Wallenius Wilhlmsen Logistics (WWL), todas competidoras entre sí, son responsables de cometer prácticas monopólicas absolutas al pactar y ejecutar acuerdos para segmentar el mercado de servicios de transporte marítimo de vehículos automotores, por ello impuso multas que suman en total 581 millones 660 mil pesos.

Los agentes económicos sancionados prestan servicios de transporte marítimo a nivel global a fabricantes de equipamiento original que producen y/o comercializan vehículos automotores. Todos coinciden en diversas rutas que involucran puertos mexicanos. Dichos agentes pactaron nueve acuerdos colusorios celebrados entre 2009 y 2012, pero en algunos casos su vigencia alcanzó hasta 2015, para segmentarse el mercado de transporte marítimo de vehículos automotores y maquinaria rodante para la construcción y agrícola en el territorio nacional. Con ello redujeron la presión competitiva y elevaron los costos de los servicios que daban a empresas del sector automotriz.

La práctica consistió en la asignación de segmentos de rutas de transporte que incluían a México, como punto de origen o destino, de o hacia Argentina, Brasil, Chile, Japón, Tailandia, Indonesia, y Bélgica. Los puertos nacionales involucrados fueron Altamira, Veracruz, Manzanillo, Mazatlán y Lázaro Cárdenas, en donde hubo carga o descarga de vehículos automotores para salir o ingresar a territorio nacional.

En lo particular, los acuerdos sancionados fueron los siguientes:

No. acuerdo
Navieras que participaron en el acuerdo
Ruta
Segmento de la ruta asignado
Puerto mexicano utilizado
Periodo de materialización de la práctica
1
K-Line
y NYK
ECSA 1
México - Argentina y México - Brasil
Altamira
2011-2012
2
K-Line, K-Line America, MOL y MOBUSA
ECSA
México - Argentina y México - Brasil
Altamira
2011-2012
3
K-Line y MOL
ECSA
México - Argentina y México - Brasil
Altamira
marzo-diciembre 2012
4
MOL y NYK
ECSA y CARPAC2
México - Argentina, México - Brasil (ECSA); y México - Chile (CARPAC)
Veracruz y Manzanillo
2012-2013
5
MOL y WWL
ECSA
México - Brasil
No se confirmó este acuerdo
No aplica.
6
CSAV y NYK
ECSA y CARPAC
México - Argentina, México - Brasil (ECSA); y México - Colombia (CARPAC)
Veracruz
2013-2015
7
NYK, K-Line y K-Line America
LOYNA3
México - Japón
México
2010-2012
8
NYK, K-Line y MOL
LOYNA
Japón - México
Mazatlán y Lázaro Cárdenas
2010-2012
9
NYK y K-Line
LOYNA
Tailandia - México, e Indonesia - México
Lázaro Cárdenas
octubre 2011-marzo 2012
10
NYK, WWL y MOL
EYA4
Europa - México
Veracruz
2012
1.        Ruta ECSA: Trayecto comercial marítimo desde un puerto de origen en la costa Este de EUA o México a un puerto destino en la costa Este de Centroamérica y la costa Este de Sudamérica, incluyendo los diversos puertos de escala o intermedios.
2.        Ruta CARPAC: Trayecto comercial marítimo desde un puerto de origen en la costa Oeste de Norteamérica a un puerto destino en la costa Oeste de Centroamérica o en la costa Oeste de Sudamérica, incluyendo los diversos puertos de escala o intermedios.
3.        Ruta LOYNA: Trayecto comercial marítimo entre un Puerto de origen en Japón, Corea del Sur, China, Indonesia o Tailandia y un Puerto de destino en Canadá, EUA y México, incluyendo los diversos puertos de escala o intermedios, y viceversa.
4.        Ruta EYA: Trayecto comercial marítimo entre un Puerto de origen en Europa a distintos puertos de destino de la costa Este de EUA y la costa este de México, así como Sudamérica, incluyendo los diversos puertos de escala o intermedios, y viceversa.
Derivado de lo anterior, el Pleno de la COFECE determinó imponer multas a cada uno de los participantes de este acuerdo que en total suman 581 millones 660 mil pesos.

El automotriz es uno de los sectores de la economía más relevantes para nuestro país, tanto por su crecimiento como por la captación de inversión extranjera directa. México es el séptimo productor mundial y el cuarto exportador de automóviles.

Cabe señalar que la Ley otorga el derecho a los agentes económicos sancionados de acudir al Poder Judicial de la Federación para que sea revisada la legalidad de la actuación de la COFECE.

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BUSCA LA PGJ CAPITALINA VINCULAR A PROCESO A SIETE HOMBRES, CINCO DE ELLOS DE NACIONALIDAD PERUANA, DETENIDOS POR ELEMENTOS DE LA SSP CDMX, IMPLICADOS EN EL ROBO A AUTOMOVILISTA


* Engañaban y obligan a las víctimas a detenerse tras manifestarles que una de las llantas de sus vehículos estaba floja

* Se les encontró en posesión de diversas dosis de narcótico

La Procuraduría General de Justicia capítalina buscará que un Juez de Control vincule a proceso a siete hombres, cinco de ellos de nacionalidad peruana, por su probable participación en los delitos de robo agravado calificado, detenidos en flagrancia por elementos de la Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México, cuando interceptaron a un automovilista, a quien le quitaron su dinero y pertenencias, en la colonia Lomas de Sotelo, delegación Miguel Hidalgo.

Al quedar detenidos, a los imputados se les encontró narcótico por lo que también se buscará que enfrenten proceso por el delito contra la salud, en su modalidad de narcomenudeo, hipótesis de posesión.

De acuerdo al reporte, el martes 6 de junio a las 11:30 horas, el conductor de un vehículo Volkswagen, tipo Jetta, color rojo, circulaba por la lateral de Boulevard Manuel Ávila Camacho con dirección de sur a norte, cuando a la altura de la calle Miguel Lantz Duret, dos hombres le hicieron señas con las manos y le gritaron “tu llanta está floja”.

No obstante, el automovilista continuó su marcha y al cruzar las calles Jiménez y Muro, se le emparejó un automotor Toyota Camry, color dorado, con varias personas en su interior. El hombre que viajaba en el asiento del copiloto y que vestía un overol gris con los logos de una marca de vehículos, sacó medio cuerpo por la ventana y le gritó “amigo tu llanta viene floja”, por lo cual el agraviado hizo alto total.

Adelante del vehículo de la víctima se estacionó el auto Toyota, del cual descendieron cinco hombres; dos de éstos se colocaron en el costado derecho del agraviado, otros dos en la parte delantera, mientras que el quinto agresor sacó un arma de fuego y apuntándole en la cara al afectado, le exigió que les entregara dinero en efectivo y las pertenencias. Ante la amenaza, accedió.

En ese momento, la víctima observó por el retrovisor que se acercaban las dos primeras personas que le habían hecho señas, mismas que también lo amenazaron para desapoderarlo de sus pertenencias.

Enseguida, policías de la Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México se percataron del ilícito y acudieron en apoyo del denunciante; los siete hombres corrieron hacia el vehículo Toyota, el cual abordaron para huir; sin embargo, fueron detenidos metros más adelante.

En la revisión preventiva, al interior del vehículo se encontraron una bolsa de plástico con hierba seca y bolsitas con polvo blanco, por lo que de inmediato los siete probables participantes, cinco de ellos de nacionalidad peruana, quedaron a disposición del agente del Ministerio Público de la Coordinación Territorial Miguel Hidalgo Cinco, quien inició carpeta de investigación por los delitos de robo agravado calificado y contra la salud, en su modalidad de narcomenudeo.

Ante el representante social, quedaron también asegurados un vehículo Toyota, tipo Camry, color dorado, un arma de fuego, así como 40 envoltorios con polvo blanco y bolsas de plástico con vegetal verde, mismos que al ser analizados por peritos en química, se determinó que se trataba de cocaína y marihuana, respectivamente.

De las diligencias practicadas se efectuaron las entrevistas con los policías remitentes, así como los peritajes en criminalística, fotografía forense, valuación y balística.

De acuerdo con lo declarado por el denunciante, se logró establecer el modus operandi de los probables participantes que consistía en detener a los automovilistas bajo el engaño de que circulaban con una de sus llantas flojas, lo que los obligaba a detener su marcha.

Una vez que las víctimas se estacionaban, eran interceptadas por los implicados, quienes mediante el amago con una pistola, los bajaban con violencia de sus automóviles y las desapoderaban de su dinero y objetos de valor, para después huir en el automotor asegurado.

Tras reunir los datos de prueba suficientes, el agente del Ministerio Público de la Fiscalía Desconcentrada de Investigación en Miguel Hidalgo solicitó audiencia inicial ante el Juez de Control, quien calificó de legal la detención de los imputados y les fijó como medida cautelar la prisión preventiva oficiosa.

Cabe mencionar que por el delito de robo agravado calificado, podrían alcanzar una penalidad de hasta 21 años de prisión, más la pena por el ilícito contra la salud en su modalidad de narcomenudeo.

La presente información se emite en términos del Artículo 11 de la Ley de Protección de Datos Personales para la Ciudad de México.

Lo anterior, sin prejuzgar sobre la responsabilidad penal de las personas vinculadas a proceso, ya que esto será competencia del órgano jurisdiccional, previa valoración de las pruebas que acrediten dicha responsabilidad.

La Procuraduría General de Justicia y la Secretaría de Seguridad Pública capitalinas mantienen coordinación permanente y eficaz para combatir cualquier tipo de ilícito y evitar impunidad, en beneficio de las y los habitantes de la Ciudad de México.

Se exhorta a quienes hayan sido víctimas de los imputados, presenten su denuncia en la Fiscalía Desconcentrada de Investigación en Miguel Hidalgo, ubicada en Parque Lira y Sóstenes Rocha, colonia Tacubaya, también pone a su disposición el teléfono 5346 8222 y el correo electrónico agarciam@pgjdf.gob.mx

Asimismo, la SSP-CDMX, a cargo del licenciado Hiram Almeida Estrada, refrenda su compromiso de servicio a la ciudadanía y pone a su disposición la aplicación para teléfonos Mi Policía, la línea de emergencia 911 para ofrecer apoyo de seguridad, así como el teléfono de la Unidad de Contacto del Secretario (UCS) 52 08 98 98 y su cuenta de Twitter @UCS_CDMX para atender denuncias

De esta manera, el Gobierno de la Ciudad de México reitera su compromiso con sus habitantes de investigar y perseguir los delitos hasta sus últimas consecuencias, y proveer las condiciones necesarias para preservar el orden público, disminuir la incidencia delictiva, prevenir el fenómeno delincuencial y mejorar la seguridad pública en beneficio de todas y todos.

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Desde el blog de Forcepoint Security Labs:


Trickbot utiliza el botnet Necurs para propagarse y añade a países nórdicos a sus víctimas

Alrededor de las 09:00 BST (horario de verano de Gran Bretaña) del miércoles 7 de junio, Forcepoint Security Labs™ observó una importante campaña de correo electrónico malicioso proveniente del botnet Necurs, el cual es conocido por propagar el ransomware Locky, fraudes de compra-venta de acciones y, más recientemente, el ransomware Jaff.

Sin embargo, en esta ocasión se ha observado a Necurs distribuir por primera vez el troyano bancario Trickbot. La campaña de correo electrónico finalizó alrededor de las 18:00 horas de ayer, y nuestro sistema logró capturar y detener casi 9.6 millones de correos electrónicos relacionados. La siguiente es una captura de pantalla de uno de estos correos:

https://blogs.forcepoint.com/sites/default/files/u1096/trick_1_2.png

Además, a continuación se muestran los detalles de esta campaña:

SUBJECT

ATTACHMENT

ACTIVITY PERIOD (BST)

{two digits}_Invoice_{four digits}

{three digits}_{four digits}.pdf

09:00 - 15:00

{eight digits}.pdf

{eight digits}.pdf

11:00 - 13:00

{blank subject}

SCAN_{four digits}.doc

13:00 - 18:00



Para los dos primeros asuntos de los correos electrónicos, la cadena de infección es idéntica a lo que hemos documentado para Jaff, un documento PDF anexo que contiene un archivo compuesto de varios documentos con un programa macro que descarga el troyano Trickbot.

Por otro lado, los correos con la línea del asunto en blanco contenían un documento con archivos que albergaba un programa de descarga macro en lugar de un PDF.

Trickbot sigue ampliando sus objetivos
Trickbot es una familia de malware relativamente nueva que se cree es sucesora de la conocida familia Dyre. Surgió en septiembre del año pasado, y en un inicio atacaba a los bancos de Australia y del Reino Unido. Desde entonces ha sumado a la lista de sus objetivos a otros países y bancos.

La nueva campaña lanzada ayer contenía la etiqueta de grupo “mac1”, y descargaba archivos de configuración que contenían una lista actualizada de las instituciones financieras a las que atacaría. De los 51 URLs específicos listados en el archivo de configuración “dinj” en abril pasado, ahora éste tiene 130 URLs. Entre estas actualizaciones se encuentran 16 bancos franceses que fueron antepuestos en el archivo de configuración. A continuación, una captura de pantalla de un archivo de configuración desencriptado que muestra esta actualización:

https://blogs.forcepoint.com/sites/default/files/u1096/trick_1.png

Además, ahora el archivo de configuración incluye también varios URLs de PayPal:

https://blogs.forcepoint.com/sites/default/files/u1096/trick_2.png

Otro archivo de configuración (“sinj”) se ha ampliado de forma similar: donde antes se listaban 109 URLs, la actualización contiene hoy 333 URLs. Esta configuración incluye sitios web de cuarenta y cuatro instituciones financieras de Suecia, Noruega, Finlandia y Dinamarca.

https://blogs.forcepoint.com/sites/default/files/u1096/trick_3.png
Aviso de Protección
Los clientes de Forcepoint™ ahora están protegidos contra esta amenaza a través Forcepoint Cloud Security, que incluye el Advanced Classification Engine (ACE) como parte de los productos de seguridad para el correo electrónico, la web y NGFW. ACE (también conocido como Triton ACE) ofrece análisis  sin firmas para identificar las intenciones maliciosas, incluyendo las técnicas de evasión para encubrir al malware.

Se brinda protección en las siguientes fases del ataque:

Fase 2 (Señuelo): Se identifican y bloquean los correos electrónicos maliciosos asociados con este ataque.
Fase 5 (Archivo Dropper): Se evita que variantes de Trickbot se descarguen.
Fase 6 (Call Home): Se bloquean los intentos de Trickbot de establecer contacto con su servidor C&C.

Conclusión
El uso que hace Trickbot del botnet Necurs para propagarse, en combinación con el aumento de los países e instituciones financieras objetivo, es un claro intento por incrementar sus operaciones globales. Las campañas de correo electrónico malicioso como éstas dependen de la debilidad del punto de interacción humana con los sistemas, y, en este caso, es probable que la carga dañina final tenga consecuencias serias para quienes sean presa de ella.

Prevemos que Trickbot seguirá ampliando sus objetivos y que Forcepoint Security Labs™ continuará monitoreando el desarrollo de esta amenaza.

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Sanciona COFECE a cártel internacional que operaba en el mercado de transporte marítimo de vehículos automotores

·         El Pleno impuso multas a 7 navieras por cometer prácticas monopólicas absolutas que en total suman 581 millones 660 mil pesos.

·         El cártel internacional se asignaba segmentos de rutas de transporte que involucran puertos mexicanos con el objeto de reducir la presión competitiva y aumentar los precios de sus servicios.

Ciudad de México, 9 de junio de 2017.- El Pleno de la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE o Comisión) determinó que las empresas: i) Compañía Sud Americana de Vapores (CSAV); ii) Kawasaki Kisen Kaisha (K-Line); iii) K Line America; iv) Mitsui OSK Lines (MOL); v) Mitsui OSK Bulk Shipping (MOBUSA); vi) Nippon Yusen Kabushiki Kaisha (NYK) y, vii) Wallenius Wilhlmsen Logistics (WWL), todas competidoras entre sí, son responsables de cometer prácticas monopólicas absolutas al pactar y ejecutar acuerdos para segmentar el mercado de servicios de transporte marítimo de vehículos automotores, por ello impuso multas que suman en total 581 millones 660 mil pesos.

Los agentes económicos sancionados prestan servicios de transporte marítimo a nivel global a fabricantes de equipamiento original que producen y/o comercializan vehículos automotores. Todos coinciden en diversas rutas que involucran puertos mexicanos. Dichos agentes pactaron nueve acuerdos colusorios celebrados entre 2009 y 2012, pero en algunos casos su vigencia alcanzó hasta 2015, para segmentarse el mercado de transporte marítimo de vehículos automotores y maquinaria rodante para la construcción y agrícola en el territorio nacional. Con ello redujeron la presión competitiva y elevaron los costos de los servicios que daban a empresas del sector automotriz.

La práctica consistió en la asignación de segmentos de rutas de transporte que incluían a México, como punto de origen o destino, de o hacia Argentina, Brasil, Chile, Japón, Tailandia, Indonesia, y Bélgica. Los puertos nacionales involucrados fueron Altamira, Veracruz, Manzanillo, Mazatlán y Lázaro Cárdenas, en donde hubo carga o descarga de vehículos automotores para salir o ingresar a territorio nacional.

En lo particular, los acuerdos sancionados fueron los siguientes:

No. acuerdo
Navieras que participaron en el acuerdo
Ruta
Segmento de la ruta asignado
Puerto mexicano utilizado
Periodo/vigencia de la práctica
1
K-Line
y NYK
ECSA 1
México - Argentina y México - Brasil
Altamira
2011-2012
2
K-Line, K-Line America, MOL y MOBUSA
ECSA
México - Argentina y México - Brasil
Altamira
2011-2012
3
K-Line y MOL
ECSA
México - Argentina y México - Brasil
Altamira
marzo-diciembre 2012
4
MOL y NYK
ECSA y CARPAC2
México - Argentina, México - Brasil (ECSA); y México - Chile (CARPAC)
Veracruz y Manzanillo
2012-2013
5
MOL y WWL
ECSA
México - Brasil
No se confirmó este acuerdo
No aplica.
6
CSAV y NYK
ECSA y CARPAC
México - Argentina, México - Brasil (ECSA); y México - Colombia (CARPAC)
Veracruz
2013-2015
7
NYK, K-Line y K-Line America
LOYNA3
México - Japón
México
2010-2012
8
NYK, K-Line y MOL
LOYNA
Japón - México
Mazatlán y Lázaro Cárdenas
2010-2012
9
NYK y K-Line
LOYNA
Tailandia - México, e Indonesia - México
Lázaro Cárdenas
octubre 2011-marzo 2012
10
NYK, WWL y MOL
EYA4
Europa - México
Veracruz
2012
1.        Ruta ECSA: Trayecto comercial marítimo desde un puerto de origen en la costa Este de EUA o México a un puerto destino en la costa Este de Centroamérica y la costa Este de Sudamérica, incluyendo los diversos puertos de escala o intermedios.
2.        Ruta CARPAC: Trayecto comercial marítimo desde un puerto de origen en la costa Oeste de Norteamérica a un puerto destino en la costa Oeste de Centroamérica o en la costa Oeste de Sudamérica, incluyendo los diversos puertos de escala o intermedios.
3.        Ruta LOYNA: Trayecto comercial marítimo entre un Puerto de origen en Japón, Corea del Sur, China, Indonesia o Tailandia y un Puerto de destino en Canadá, EUA y México, incluyendo los diversos puertos de escala o intermedios, y viceversa.
4.        Ruta EYA: Trayecto comercial marítimo entre un Puerto de origen en Europa a distintos puertos de destino de la costa Este de EUA y la costa este de México, así como Sudamérica, incluyendo los diversos puertos de escala o intermedios, y viceversa.
Derivado de lo anterior, el Pleno de la COFECE determinó imponer multas a cada uno de los participantes de este acuerdo que en total suman 581 millones 660 mil pesos.

El automotriz es uno de los sectores de la economía más relevantes para nuestro país, tanto por su crecimiento como por la captación de inversión extranjera directa. México es el séptimo productor mundial y el cuarto exportador de automóviles.

Cabe señalar que la Ley otorga el derecho a los agentes económicos sancionados de acudir al Poder Judicial de la Federación para que sea revisada la legalidad de la actuación de la COFECE.

+++