viernes, 19 de diciembre de 2025

La nueva definición de beneficiario controlador: carga administrativa que amenaza a las PyMEs


  • Ahora, únicamente las personas físicas pueden ser consideradas bajo esta figura, modificación que complica los procesos de identificación para quienes están obligados por la ley

  • De no cumplir con lo anterior, las sanciones van de los $22 mil a $226 mil pesos mexicanos

Ciudad de México, diciembre, 2025.– La reforma a la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, publicada el 16 de julio de 2025, marca un cambio profundo en la estrategia mexicana contra el lavado de dinero y el financiamiento al terrorismo. Aunque alinea al país con los compromisos adquiridos ante el Grupo de Acción Financiera Internacional, sus efectos prácticos podrían convertirse en un desafío desproporcionado para las pequeñas y medianas empresas (PyMEs) y para personas físicas que realizan actividades vulnerables.

Uno de los cambios más relevantes consiste en la redefinición del concepto de beneficiario controlador y en la precisión de que únicamente las personas físicas pueden ser consideradas bajo esta figura. Aunque esta modificación busca mayor claridad, en realidad complica los procesos de identificación para quienes están obligados por la ley. 

Hasta antes de la reforma, un arrendador podía integrar un solo expediente cuando su inquilino era una persona moral que confirmaba ser la beneficiaria del inmueble. Hoy, esa práctica dejó de ser válida, pues deben identificarse todas las personas físicas que directa o indirectamente cumplan los criterios de control o beneficio dentro de esa persona moral.

Esto significa que, si una sociedad tiene cinco accionistas que califican como beneficiarios controladores, el obligado deberá integrar cinco expedientes distintos para cumplir adecuadamente. La complejidad aumenta todavía más cuando se trata de estructuras corporativas con varios niveles, ya que las personas obligadas deben rastrear cada eslabón de la cadena societaria hasta ubicar a las personas físicas en la parte final. Así, incluso cuando sólo exista una operación, el seguimiento puede convertirse en un trabajo técnico, lento y costoso”, declaró Luis Alberto Romero, Director de Rofa Legal & Tax.

El impacto no recae únicamente en grandes empresas. Diversas actividades vulnerables —como el arrendamiento que supera ciertos umbrales, la captación de recursos en proyectos inmobiliarios, la intermediación o la construcción— suelen ser realizadas por personas físicas o pequeños negocios que no cuentan con áreas especializadas en cumplimiento. Aun así, deberán integrar expedientes exhaustivos y absorber esta nueva carga operativa para no exponerse a riesgos.

Entre estos riesgos destacan las sanciones, que van de $22 mil a $226 mil pesos. Aunque estas multas podrían parecer manejables de manera aislada, la amenaza real está en su potencial multiplicación. Cada beneficiario controlador no identificado puede generar una sanción independiente, lo que significa que, en un caso con cinco beneficiarios omitidos, podrían imponerse cinco multas por una sola operación.

A la carga administrativa se suma una falta de claridad operativa. Todavía no existe una guía definitiva sobre cómo deberán integrarse los expedientes bajo la nueva definición de beneficiario controlador. Se esperan ajustes a las reglas de carácter general, pero mientras estos llegan, las empresas deberán prepararse en un contexto ambiguo que genera incertidumbre.

Para una PyME o un arrendador individual, este escenario podría representar una afectación económica severa. Las grandes corporaciones cuentan con equipos especializados para enfrentar este tipo de retos; la mayoría de las PyMEs, en cambio, se encuentra en desventaja”, añadió el especialista.

Todo esto lleva a una reflexión inevitable: aunque combatir el lavado de dinero y el financiamiento al terrorismo es indispensable, la creciente complejidad administrativa obliga a preguntarse si estas medidas realmente están generando los resultados esperados o si solo incrementan las cargas para quienes operan legítimamente. 

México se encuentra ante el reto de equilibrar la prevención del delito con la operatividad de su economía, y para lograrlo será fundamental transparentar la utilidad real de estas obligaciones, evitando que la normativa termine por asfixiar a quienes sostienen el tejido productivo del país.


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