viernes, 8 de diciembre de 2023

Requerimiento de posesión del departamento a Leonardo García se debió a incumplimiento de pagos.


 

Ciudad de México, a 6 de diciembre de 2023.

 

El desalojo del inmueble que habitaba el señor Leonardo García Vale (LGV), fue consecuencia de haber incumplido con los pagos establecidos en el contrato, durante varios años, ya que únicamente cubrió el “enganche”. En este sentido, no obstante, únicamente realizar algunos pagos, mi representada, de buena fe, le permitió habitar el departamento. Posterior a esto, sorpresivamente el Sr. García emprendió diversas acusaciones infundadas, que jamás demostró ante los diferentes tribunales, para tratar de apropiarse ilegítimamente del departamento.

 

Después de un juicio de aproximadamente 5 años, en donde se aportaron todas las pruebas, las autoridades, con estricto apego a derecho, determinaron la devolución del bien inmueble en favor de mi representada, así como el pago del equivalente a rentas durante el lapso que indebidamente ocupó el inmueble. Esta sentencia es definitiva e inamovible.

 

Ahora bien, con relación a las recientes manifestaciones públicas vertidas por el señor Leonardo García y terceras personas, derivadas de la diligencia de desalojo del inmueble ubicado en la calle de Tennyson 158, resulta necesario realizar las siguientes precisiones:

 

1.   Sobre la referencia de haber demandado vicios ocultos del departamento y presuntas irregularidades, ello no se encuentra avalado en su escrito de demanda, ni mucho menos acreditado en la totalidad del expediente judicial.

 

2.   Las declaraciones relativas a realizar pagos por 65% (sesenta y cinco por ciento) del precio pactado, contravienen lo expresamente expuesto dentro del juicio por el mismo LGV, toda vez que éste en su momento aseveró haber cubierto el total del precio, lo cual jamás ocurrió, cuestión que posiblemente configure los delitos de fraude procesal y falsedad de declaraciones ante autoridad judicial.

 

3.   Por cuanto hace a los señalamientos públicos de “robo”, así como “fraude” atribuidos a mi representada, es claro que éstos le continúan causando un daño moral, toda vez que los mismos han sido vertidos sin ningún sustento legal, e incluso contravienen las actuaciones judiciales previas.

 

4.   En este orden de ideas, mi representada se reserva su derecho para iniciar las acciones legales que correspondan derivadas de los diversos comentarios públicos y masivos realizados por el señor García Vale y terceras personas, a efecto de lograr el más pleno resarcimiento conforme a derecho.

 

5.   Finalmente, se reitera que, tal como ha sido plenamente demostrado en un procedimiento de cinco años que culminó con una sentencia inamovible, mi representada en todo momento ha actuado en el marco del estado de derecho que regula los Estados Unidos Mexicanos, sin que su actuar esté afectado de ninguna ilegalidad, cuestión que, por tanto, implica el deber ineludible de acatar la condena de entrega de posesión y pagos en ella establecidos.


No hay comentarios:

Publicar un comentario