+ Verifica cumplimiento de autorización de impacto ambiental emitida por SEMARNAT a proyecto
para la cogeneración de energía eléctrica en el Ingenio Adolfo López Mateos, S.A. de C.V., en Tuxtepec, Oaxaca.
+ Constata que el proyecto está instalado en su totalidad y aún no entra en operación.
+ Detecta incumplimiento de términos y condicionantes de la autorización.
La
 Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) inició 
procedimiento administrativo derivado de la inspección en materia de 
impacto ambiental realizada a un proyecto
 para la cogeneración de energía eléctrica en el Ingenio Adolfo López 
Mateos, S.A. de C.V., en el municipio de Tuxtepec, Oaxaca, en la que 
detectó incumplimiento a los términos y condicionantes establecidos en 
la autorización otorgada por la Secretaría de Medio
 Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT). 
Inspectores de PROFEPA en la entidad realizaron una visita al proyecto
“Instalación
 de una caldera acuatubular de alta presión, turbogenerador y equipos 
periféricos para la cogeneración de energía eléctrica en el Ingenio 
Adolfo López
 Mateos, S.A. de C.V., en el Municipio de Tuxtepec, Oaxaca”,
con 
objeto de verificar el cumplimiento de la obligaciones contenidas en la autorización federal de impacto ambiental.
Durante la visita de inspección se constató que el citado proyecto, que se ejecuta
en una superficie de 15,854 metros cuadrados,
está instalado en su totalidad y se encuentra en transición de la etapa de construcción a la de operación y mantenimiento.
     
Los inspectores actuantes procedieron  a verificar documentalmente y en campo el cumplimiento de lo establecido en la referida autorización,
 y detectaron que el promovente no contaba con 
documentos que acreditarán haber notificado a la SEMARNAT sobre el 
inicio de obra, así como de la documentación de respaldo y/o evidencias 
en su Informe Anual sobre el
 cumplimiento de los términos y condicionantes señalados 
en la autorización, ni de las medidas propuestas en la manifestación de impacto ambiental del proyecto.
El
 responsable del proyecto cuenta con cinco días hábiles posteriores al 
cierre del acta de inspección para hacer uso de su derecho a 
manifestarse y aportar las pruebas que
 considere respecto de los hechos circunstanciados en dicha acta.
 Si
 el responsable no acredita o presenta la documentación que no fue 
exhibida al momento de la diligencia, la PROFEPA procederá a emplazarlo 
al procedimiento
 administrativo correspondiente y substanciará las etapas procesales 
hasta su resolución.
 
La autorización emitida por SEMARNAT a favor del Ingenio Adolfo López Mateos, S.A. de C.V.,
para
 la ejecución del proyecto de cogeneración de energía eléctrica, 
considera las etapas de preparación del sitio, construcción, operación y
 mantenimiento del proyecto
 para la cogeneración de energía eléctrica renovable, por medio de la 
instalación de una caldera acuatubular de alta presión, turbogenerador y
 equipos periféricos, con una capacidad total de 50 MW.
 
Las
 obras autorizadas constan de planta de tratamiento de aguas, caldera, 
planta de fuerza, subestación eléctrica, conductores de bagazo, 
enfriamiento de agua, vialidades,
 patio de bagazo, almacén temporal de residuos peligrosos y almacén 
temporal de residuos de manejo especial.
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