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El Concurso de la Red Compartida se llevó a cabo de acuerdo a los más
estrictos estándares de transparencia, datos abiertos y apego a la normatividad
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Los señalamientos de Rivada Networks son infundados. Su descalificación
se debió a la falta de la presentación de la garantía de seriedad por 1,000
mdp, conforme lo establecían las bases del concurso
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Los servicios de consultoría de la empresa Deloitte no influyeron en el
diseño y evaluación de las propuestas
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El señor Mario Héctor Góngora Preciado no labora en la SCT desde junio de
2015, medio año antes del inicio de la licitación de la Red Compartida
La Secretaría de Comunicaciones y Transportes
reitera que el Concurso de la Red Compartida se llevó a cabo de acuerdo a los
más estrictos estándares de transparencia y se apegó en todo momento a la
normatividad aplicable. Toda la información de las distintas etapas del
concurso que inició el 29 de enero de 2016 y cuyo fallo se dio el pasado 17 de
noviembre, se encuentra disponible a través del portal de transparencia de la
dependencia.
Respecto a los señalamientos de Rivada
Networks, cabe aclarar que el señor Mario Héctor Góngora Preciado, quien fungió
como Director General adscrito a la Subsecretaría de Comunicaciones, no labora
en la SCT desde junio de 2015, más de medio año antes de la publicación de la
convocatoria del concurso de la Red Compartida. Por lo tanto, durante el
desempeño de sus funciones no tuvo injerencia alguna en el proceso de
licitación, ni contacto con los consorcios participantes en el concurso.
Sobre los servicios prestados por la
consultora Deloitte, es importante precisar que su contrato fue concluido
previamente al diseño definitivo del proyecto de la Red Compartida. La
conceptualización del proyecto y de las bases del concurso se llevaron a cabo
de manera abierta, a través de tres consultas públicas en línea.
De acuerdo a las Bases del concurso, la SCT
no utilizó ningún plan de negocios propio o provisto por Deloitte o algún otro
consultor para evaluar las propuestas de los concursantes. Cada concursante fue
responsable de elaborar su propio plan de negocios y el único criterio de
evaluación consistió en el porcentaje de cobertura poblacional ofrecido.
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