• Durante el periodo de abril a junio
de este año se publicaron en el Diario Oficial de la Federación, 13
resoluciones modificatorias a las disposiciones de carácter general aplicables
a las entidades financieras y demás sujetos supervisados.
• Se destaca la realización de diversas
modificaciones para el desarrollo del mercado bursátil y la posibilidad de
existencia de más de una bolsa de valores en el país.
La
CNBV, a través de las Vicepresidencias de Política Regulatoria y de
Normatividad, publica el Boletín Regulatorio número 10, correspondiente al
segundo trimestre de 2017, mismo que contiene las modificaciones a las
disposiciones de carácter general emitidas durante dicho periodo.
Regular
a las instituciones del sistema financiero mexicano, es una tarea fundamental
para procurar su estabilidad y correcto funcionamiento, así como para fomentar
su sano y equilibrado desarrollo, en protección de los intereses del público.
En este sentido, la Comisión trabaja para actualizar la regulación de manera
constante, en función de las cambiantes necesidades del sistema.
Derivado
de lo anterior, durante el segundo trimestre de 2017, la CNBV emitió 13
resoluciones modificatorias al marco normativo aplicable a los siguientes
sectores:
Sector Número de resoluciones modificatorias
publicadas en el periodo
Bancario 4
Bursátil 1
Casas
de bolsa 1
Fondos
de inversión 1
Ahorro
y crédito popular 2
Organizaciones
y actividades auxiliares del crédito 1
Multisectorial 3
Total 13
Durante
este trimestre, se destacan las modificaciones realizadas para impulsar el
desarrollo del mercado de valores en México, empezando por hacer posible la
existencia de más de una bolsa de valores. Estas modificaciones incluyen
cambios en materia de prácticas societarias, gobierno corporativo,
transparencia, conducta de negocios y continuidad de sus operaciones.
Se
establece la obligación para las instituciones para el depósito de valores, de
contar con medidas que permitan prevenir conflictos de interés con relación a
los depositantes y demás participantes a quienes ofrezcan sus servicios.
Además, se incorporó la obligación para las bolsas de valores de contar con
sistemas de comunicación entre ellas, que permitan mantener un intercambio
adecuado sobre casos de suspensión de valores o aplicación de medidas
disciplinarias a las emisoras, entre otros.
Se
realizaron también cambios a las disposiciones aplicables a las Casas de Bolsa,
mismas que buscan hacer más eficiente la intermediación en el mercado de
valores. Por ejemplo, se incorpora el deber de mejor ejecución en la
negociación de valores de renta variable, debiendo cumplir con las condiciones
de mercado y los factores de ejecución (precio, volumen y probabilidad de
ejecución) y se prohíbe que las casas de bolsa puedan cobrar comisiones que
privilegien a una bolsa de valores en perjuicio
de
otra. Además, se eliminan restricciones en las operaciones que realizan por
cuenta propia y a las operaciones de venta de valores en corto en función de su
bursatilidad. También se destaca el fortalecimiento del marco de control para
los sistemas informáticos mediante la obligación de contar con un oficial de
seguridad de la información, planes de continuidad de negocio y planes de
acción para reestablecer la operación en caso de contingencia.
La
magnitud e importancia de las modificaciones antes señaladas constituye un
hecho sin precedente en la regulación bursátil. En la Comisión tenemos
confianza
en
que el nuevo marco establece los elementos necesarios para promover un mayor
dinamismo y crecimiento en el mercado de valores, en beneficio de
inversionistas, emisores y demás participantes.
Con
respecto al sector bancario, destacan modificaciones en lo relativo al marco de
capitalización; así como para que, en línea con los estándares internacionales,
en el cálculo de requerimientos por riesgo de crédito para micro, pequeñas y
medianas empresas se considere éste como cartera de consumo. Se incorpora también
un mitigante de riesgo en los créditos agropecuarios cuando éstos cuentan con
coberturas de precios y en los créditos de consumo que cuenten con garantías
mobiliarias.
En
otro orden, en el caso de las modificaciones multisectoriales, es relevante la
emisión de los lineamientos que deberán seguir diversas entidades, para la
elaboración y presentación ante la CNBV del informe de auditoría en materia de
prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita y financiamiento
al terrorismo.
La
CNBV reitera su compromiso de regular y supervisar a las entidades del sistema
financiero mexicano para procurar su estabilidad, sano desarrollo y correcto
funcionamiento, mediante la correcta implementación de la normatividad
aplicable.
El
Boletín Regulatorio del segundo trimestre de 2017, con el detalle de los
cambios mencionados, puede ser consultado en la siguiente liga:
http://www.gob.mx/cnbv/documentos/boletines-cnbv-regulacion-supervision-y-sanciones
Para
consultar toda la normatividad vigente y publicada en el Diario Oficial de la
Federación, visita: