martes, 19 de junio de 2018

PROFEPA SUSPENDE DESMONTE AL AFECTAR 6,740 METROS CUADRADOS DE VEGETACIÓN FORESTAL, EN NAYARIT

+ Se afectó vegetación típica de selva baja caducifolia.
+ El desmonte se realizó sin autorización de cambio de uso de suelo forestal que emite la SEMARNAT; fue suspendido de manera total temporal.
+ Se encontró evidencia de uso de motosierras y fuego para eliminar los residuos de la vegetación derribada.
La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) suspendió obras y actividades de cambio de uso de suelo en terrenos forestales en el predio El Tepehuaje, Municipio de Tepic, Nayarit, por afectar el ecosistema en más de seis mil metros cuadrados.
Personal de esta Procuraduría efectuó una visita de inspección   en terrenos del Ejido de San Cayetano, donde apreció el derribo con motosierras y la quema de los residuos de la vegetación afectada en un terreno forestal.
La afectación fue en una superficie de 6,740 metros cuadrados, en la que se encontraban las especies conocidas como Cuate, Papelillo, Tacote, Guácima, Alacate (arbusto espinoso), Pata de Cabra, Copal Chino y otros.
Los árboles tenían diámetros que oscilan de 5 a 20 centímetros y alturas de 4 a 8 metros; su derribo se llevó a cabo con motosierra y machete, lo que evidenció un cambio de uso de suelo intencional donde posteriormente decidieron quemar los residuos para eliminar las evidencias de las acciones ilegales.
El predio pretendía ser utilizado para un uso distinto al forestal, por lo que los inspectores federales solicitaron al visitado la autorización para el cambio de uso de suelo en terrenos forestales que emite la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), sin que fuera exhibida.
Con el propósito de evitar un mayor deterioro al ecosistema forestal, la PROFEPA ordenó como medida de seguridad, la suspensión total temporal de las obras y actividades distintas a las forestales por carecer de la autorización federal correspondiente, con fundamento en el artículo 161, fracción III, de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable vigente al momento de la visita de inspección (LGDFS).
Aunado a ello, la PROFEPA iniciará el procedimiento administrativo correspondiente, dentro del cual el particular podría ser sancionado con una multa equivalente de 100 a 20,000 veces la Unidad de Medida y Actualización vigente, de acuerdo a lo establecido en el artículo 165, fracción II, de la LGDFS, en relación con el artículo 163, fracciones I y VII, de la misma Ley, obligándosele a la reparación del daño.
 Además, de ser constitutiva de un delito federal que puede alcanzar una pena de seis meses a nueve años de prisión y por equivalente de cien a tres mil días multa conforme a lo dispuesto en el artículo 418, fracciones I y III, del Código Penal Federal.

No hay comentarios:

Publicar un comentario