sábado, 28 de abril de 2018

DA A CONOCER SSP-CDMX PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN CASO DE SISMO

Con la finalidad de establecer las atribuciones de la Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México (SSP-CDMX), en caso de sismo, hoy se publicaron en la Gaceta Oficial capitalina, los lineamientos para auxiliar a la población ante emergencias o desastres derivados de este fenómeno natural.
 
Este jueves se dio a conocer el Protocolo de la Secretaría de Seguridad Pública en caso de Sismo para mantener el orden público, proteger la integridad física de las personas, así como de sus bienes, con estricto apego a la protección de los Derechos Humanos.
 
Se mantendrá coordinación y comunicación con el CCCT, así como los C2 y el C5, con la finalidad de atender las solicitudes de apoyo captadas por las diferentes frecuencias operativas.
 
Por otra parte, se establece que los titulares de las Direcciones Generales y Ejecutivas, de ser materialmente posible, deberán informar a su inmediato superior el estado que guardan la infraestructura y personal bajo su responsabilidad, a efecto de que sea transmitida la información a la Sala de Crisis.
 
Intervienen las Subsecretarías de Operación Policial Zonas Norte y Sur, Subsecretaría de Información e Inteligencia Policial, la Subsecretaría de Control de Tránsito, así como la Subsecretaría de Participación Ciudadana y Prevención del Delito, la Jefatura del Estado Mayor Policial y Policías Complementarias.
 
Activado el protocolo se realizarán de manera simultánea, las acciones de diagnóstico siguientes:
 
  1. El Secretario, o quien se designe para tales efectos, deberá trasladarse de forma inmediata a las instalaciones del C-5, haciéndose acompañar de los servidores públicos que para tales efectos haya designado.
 
  1. El Puesto de Mando realizará un llamado general de la emergencia por la red de la Secretaría, empleando las frecuencias operativas.
 
  1. El personal de la Dirección General de Servicios Aéreos DGSA iniciará el sobrevuelo para detectar el área de impacto, evaluar la situación, y en su caso, los escenarios afectados, debiendo informar vía radio en tiempo real al Puesto de Mando.
 
  1. Las y los integrantes de la Policía que realicen funciones de monitoreo en el CCCT, así como los C2 y el C5, realizarán un paneo a través de las cámaras, con la finalidad de detectar escenarios y acontecimientos para canalizar la información que se obtenga a las unidades policiales correspondientes.

 
  1. Las SCT, la SOPs, y la SPCyPD, a través de su personal operativo, realizarán patrullaje dinámico por las diferentes      zonas y cuadrantes de responsabilidad, teniendo como prioridad los elementos identificados en su agenda temática, con la finalidad de reconocer, identificar y evaluar los diferentes escenarios y acontecimientos, así como allegarse de información y transmitirla al mando inmediato superior. Para tales efectos, y de existir condiciones para ello, documentará la situación que prevalece mediante el uso de las Cámaras de Monitoreo Terrestre.
 
Actuación policial después del sismo
 
En este apartado se señala que la Policía de la Ciudad de México, de manera enunciativa más no limitativa, participará, posterior al desarrollo de un sismo, en la realización de las labores de sanidad del área de afectación.
 
La SSP coadyuvará en la operación de los servicios de transporte durante el restablecimiento de las vías de comunicación; informará a la Sala de Crisis sobre los avances de la recuperación del área de afectación; coadyuvará en la recopilación de información que permita la estimación de personas afectadas;  continuará proporcionando seguridad en los servicios vitales e instalaciones estratégicas; así como escuelas, hospitales, clínicas, estaciones del metro, paraderos de autobuses, centros comerciales, mercados públicos, guarderías, oficinas administrativas, dependencias de gobierno y demás instalaciones que requieran el servicio; y vigilará las rutas de acceso y salida para los trabajos de restablecimiento de las vías de comunicación y servicios de transporte.
 
Además de lo anterior, en la aplicación del protocolo, las Brigadas de Auxilio Especializadas en Búsqueda y Rescate Urbano, la Policía de la Ciudad de México capacitada en labores de búsqueda y rescate urbano en estructuras colapsadas realizará de manera enunciativa, pero no limitativa, las siguientes acciones:
 
Bajo órdenes superiores movilizarse al Área de Afectación; asumir el mando y establecer el puesto de Comando en sitio; evaluar la situación, establecer objetivos y determinar estrategias; coordinar y coadyuvar la respuesta a la emergencia con los voluntarios espontáneos y demás grupos e instituciones que se encuentren en el área de afectación;  búsqueda y localización de personas en estructuras colapsadas (física, técnica y/o canina); marcaje y/o señalización; acceso a la víctima; estabilización de la víctima; extracción de la víctima; traslado de la víctima; y desmovilización.

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